Reforma de la Ley de Acceso a la Información Pública: La posición de las organizaciones de la sociedad civil

La reciente reforma propuesta por el gobierno en materia de acceso a la información pública (Ley 18381), en el contexto de la Rendición de Cuentas presenta aspectos preocupantes que consideramos deben ser revisados en ámbitos adecuados para este debate. Uruguay dió en el 2008 un paso crucial para convertirse en un país más democrático y transparente al aprobar la Ley de Acceso a la Información Pública. Su implementación, no libre de problemas, ha contribuido a tener un sistema más democrático, con mayores niveles de monitoreo social, tanto del gasto público, las cuestiones ambientales o las políticas públicas para promover derechos económicos, sociales y culturales, entre otros asuntos de interés público.
En el contexto de los esfuerzos a nivel global e interamericano por impulsar reformas en esta área, de las que Uruguay participa, la presente reforma no cumple con los estándares internacionales en la materia. Por tanto, esta reforma propuesta puede significar un retroceso de la expansión de los derechos de la ciudadanía y de la mejora de la institucionalidad.
Existen tres aspectos altamente preocupantes en esta reforma. En primer lugar, la reforma propone una nueva excepción al régimen de excepciones por las cuales el Estado puede declarar la información como reservada. Esta nueva excepción propuesta establece que el Estado podrá denegar información si aún no se ha tomado una decisión sobre el proceso para la cual se usa, o si la misma esta siendo utilizada para procedimientos de control y evaluación.En los actuales términos la excepción es amplia y podría servir para impedir acceso a buena parte de la información pública. Estas son malas noticias para la ciudadanía pero también para el propio Estado, uno de los actores que más se ha beneficiado de la liberación de información pública. A su vez  la amplia discrecionalidad que permite la nueva disposición no es adecuada a nivel comparado con los estándares internacionales e interamericanos en la materia.
La posibilidad de inscribir como proceso deliberativo a los procesos de toma de decisión, evaluaciones, debate, etc, necesarios para la creación de cualquier política pública, normativa o línea de acción por parte del gobierno en cualquier materia, reduce la democracia, la transparencia y los niveles reales de participación de la sociedad. De ser así todos los asuntos de toma de decisión que maneja el Estado, desde los económico, social, ambiental, derechos humanos, políticas de transporte, etc., se encierran en una suerte de “caja negra” que solamente saldrá a la luz una vez tomada la decisión, situación que deja a toda la sociedad civil, organizaciones sociales, la academia y la ciudadanía de a pie  sin posibilidad alguna de incidir y aportar en esos procesos.
En segundo lugar, la norma  propuesto valida que la administración clasifique, como reservada o confidencial, la información al momento de la solicitud que presenta cualquier ciudadano. Esto no es lo deseable, ya que la administración debería declarar de antemano cuál información es reservada y cual no, a los efectos de tener claras las reglas de juego. Hay que recordar que los organismos públicos dispusieron por ley  de cuatro años para clasificar la información. Una vez más, este disposición aportaría elementos de discrecionalidad a la hora de responder a una solicitud de información.
La norma propone otorgar poderes al actual organismo regulador para controlar el proceso de clasificación, algo positivo, pero insuficiente en el contexto actual. La norma también establece el concepto de prueba de daño, la idea de que por más que la administración declare algo reservado debe probar el eventual daño que causaría la liberación de la información requerida  para no darla. Lo anterior, aunque positivo, no se encuentra suficientemente especificado de acuerdo a los estándares internacionales.
En tercer lugar, aunque estas reformas parecen de corte meramente técnico, tendrán un impacto fuerte sobre el sistema actual. Estos cambios deberían ser discutidos en los ámbitos que corresponden como el Consejo Consultivo de la Unidad de Acceso a la Información y el reciente espacio de debate y participación de la ciudadanía creado a través del Gobierno Abierto y la participación de Uruguay en la Alianza para el Gobierno Abierto, un esfuerzo global para mejorar el acceso a la información, la participación ciudadana, la provisión de datos abiertos y las herramientas anti-corrupción. La discusión en estos ámbitos permite decisiones en consulta con representantes de diversos sectores de la sociedad de manera de que la toma de decisión sea más consensuada y plural. En el fondo Uruguay se debe una discusión más amplia, transparente e informada sobre el tema que permita abordar de forma integral aspectos vinculados a transparencia, acceso a la información pública y participación ciudadana.
Las reformas sobre temas tan sensibles que afectan derechos fundamentales de las personas, no deberían ser tratados en el contexto de una rendición de cuentas, donde lo que realmente se discute es la asignación de recursos del país. La premura en tomar decisiones con respecto a la ley de acceso a la información pública  pone en riesgo el delicado balance logrado a la fecha.
Necesitamos una reforma que asegure al país más y mejor transparencia de forma consistente, y no una reforma que rebaje los logros obtenidos a la fecha. Abiertos a discutir, expresamos que la actual propuesta no es representativa del pensar de quienes día a día usamos la ley de acceso a la información para construir una mejor democracia. Consecuentemente solicitamos al gobierno uruguayo tratar esta reforma en los ámbitos correspondientes y avanzar hacia una reforma integral de la ley de acceso, retirando la iniciativa propuesta.
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