Reforma de la Ley de Acceso a la Información Pública: La posición de las organizaciones de la sociedad civil
La reciente reforma propuesta por el gobierno en materia de acceso a la información pública (Ley 18381),
en el contexto de la Rendición de Cuentas presenta aspectos
preocupantes que consideramos deben ser revisados en ámbitos adecuados
para este debate. Uruguay dió en el 2008 un paso crucial para
convertirse en un país más democrático y transparente al aprobar la Ley
de Acceso a la Información Pública. Su implementación, no libre de
problemas, ha contribuido a tener un sistema más democrático, con
mayores niveles de monitoreo social, tanto del gasto público, las
cuestiones ambientales o las políticas públicas para promover derechos
económicos, sociales y culturales, entre otros asuntos de interés
público.
En el contexto de los esfuerzos a nivel global e
interamericano por impulsar reformas en esta área, de las que Uruguay
participa, la presente reforma no cumple con los estándares
internacionales en la materia. Por tanto, esta reforma propuesta puede
significar un retroceso de la expansión de los derechos de la ciudadanía
y de la mejora de la institucionalidad.
Existen tres aspectos altamente preocupantes en esta
reforma. En primer lugar, la reforma propone una nueva excepción al
régimen de excepciones por las cuales el Estado puede declarar la
información como reservada. Esta nueva excepción propuesta establece que
el Estado podrá denegar información si aún no se ha tomado una decisión
sobre el proceso para la cual se usa, o si la misma esta siendo
utilizada para procedimientos de control y evaluación.En los actuales
términos la excepción es amplia y podría servir para impedir acceso a
buena parte de la información pública. Estas son malas noticias para la
ciudadanía pero también para el propio Estado, uno de los actores que
más se ha beneficiado de la liberación de información pública. A su vez
la amplia discrecionalidad que permite la nueva disposición no es
adecuada a nivel comparado con los estándares internacionales e
interamericanos en la materia.
La posibilidad de inscribir como proceso deliberativo a los
procesos de toma de decisión, evaluaciones, debate, etc, necesarios
para la creación de cualquier política pública, normativa o línea de
acción por parte del gobierno en cualquier materia, reduce la
democracia, la transparencia y los niveles reales de participación de la
sociedad. De ser así todos los asuntos de toma de decisión que maneja
el Estado, desde los económico, social, ambiental, derechos humanos,
políticas de transporte, etc., se encierran en una suerte de “caja
negra” que solamente saldrá a la luz una vez tomada la decisión,
situación que deja a toda la sociedad civil, organizaciones sociales, la
academia y la ciudadanía de a pie sin posibilidad alguna de incidir y
aportar en esos procesos.
En segundo lugar, la norma propuesto valida que la
administración clasifique, como reservada o confidencial, la información
al momento de la solicitud que presenta cualquier ciudadano. Esto no es
lo deseable, ya que la administración debería declarar de antemano cuál
información es reservada y cual no, a los efectos de tener claras las
reglas de juego. Hay que recordar que los organismos públicos
dispusieron por ley de cuatro años para clasificar la información. Una
vez más, este disposición aportaría elementos de discrecionalidad a la
hora de responder a una solicitud de información.
La norma propone otorgar poderes al actual organismo
regulador para controlar el proceso de clasificación, algo positivo,
pero insuficiente en el contexto actual. La norma también establece el
concepto de prueba de daño, la idea de que por más que la administración
declare algo reservado debe probar el eventual daño que causaría la
liberación de la información requerida para no darla. Lo anterior,
aunque positivo, no se encuentra suficientemente especificado de acuerdo
a los estándares internacionales.
En tercer lugar, aunque estas reformas parecen de corte
meramente técnico, tendrán un impacto fuerte sobre el sistema actual.
Estos cambios deberían ser discutidos en los ámbitos que corresponden
como el Consejo Consultivo de la Unidad de Acceso a la Información y el
reciente espacio de debate y participación de la ciudadanía creado a
través del Gobierno Abierto y la participación de Uruguay en la Alianza
para el Gobierno Abierto, un esfuerzo global para mejorar el acceso a la
información, la participación ciudadana, la provisión de datos abiertos
y las herramientas anti-corrupción. La discusión en estos ámbitos
permite decisiones en consulta con representantes de diversos sectores
de la sociedad de manera de que la toma de decisión sea más consensuada y
plural. En el fondo Uruguay se debe una discusión más amplia,
transparente e informada sobre el tema que permita abordar de forma
integral aspectos vinculados a transparencia, acceso a la información
pública y participación ciudadana.
Las reformas sobre temas tan sensibles que afectan derechos
fundamentales de las personas, no deberían ser tratados en el contexto
de una rendición de cuentas, donde lo que realmente se discute es la
asignación de recursos del país. La premura en tomar decisiones con
respecto a la ley de acceso a la información pública pone en riesgo el
delicado balance logrado a la fecha.
Necesitamos una reforma que asegure al país más y mejor
transparencia de forma consistente, y no una reforma que rebaje los
logros obtenidos a la fecha. Abiertos a discutir, expresamos que la
actual propuesta no es representativa del pensar de quienes día a día
usamos la ley de acceso a la información para construir una mejor
democracia. Consecuentemente solicitamos al gobierno uruguayo tratar
esta reforma en los ámbitos correspondientes y avanzar hacia una reforma
integral de la ley de acceso, retirando la iniciativa propuesta.
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