El País
La Suprema Corte de Justicia (SCJ) revocó ayer la absolución del empresario gastronómico Javier Moya, quien había sido procesado con prisión en diciembre de 2013 acusado por la explotación sexual de una adolescente de 15 años.
El juez de Cerro Largo, Javier Gandini, envió a la cárcel a dos hombres de 40 y 58 años que habían montado en Melo una red que reclutaba adolescentes que accedían a tener relaciones sexuales con hombres a cambio de recargas de celulares, cenas, estadías en La Barra de Maldonado, paseos, championes, ropa y hasta $ 400.
Así fue que en el marco de esa indagatoria el juez Gandini llegó a Moya –un reconocido empresario gastronómico de Punta del Este– que había entrado en contacto con una menor de 15 años, a quien le compró ropa y la invitó a cenar a cambio de tener relaciones sexuales, por lo que fue procesado con prisión por el delito de explotación sexual de menores.
Otro de los imputados había declarado ante la Justicia que “dos por tres” Moya le pedía que “le consiguiera mujeres”.
El empresario, a diferencia de los otros dos acusados, apeló su procesamiento. En junio del año pasado el Tribunal de Apelaciones Penal de 2º Turno revocó el fallo, al basarse principalmente en que se produjo un “error de derecho” porque si bien mantuvo relaciones sexuales con la adolescente de 15 años, la joven le aseguró que tenía 18.
Tras un recurso de casación presentado por la Fiscalía contra el fallo absolutorio de Moya, el caso llegó a la SCJ, que en una sentencia que fue notificada ayer a las partes revocó la resolución exculpatoria y volvió a procesar al empresario.
El fallo dictado por el máximo órgano judicial señala que Moya “tuvo dudas” sobre la edad de la adolescente y contó con la posibilidad de “corroborar” si la joven tenía más de 18 años.
“No obstante, y sin despejar tan importante incertidumbre, nada más ni nada menos que el error de hecho que luego alegó, prosiguió con su designio de mantener relaciones sexuales a cambio de retribución, lo que encarta claramente en una hipótesis de dolo eventual respecto de la particular figura delictiva”, señala la resolución de la SCJ, a la que tuvo acceso El Observador.
“Además, el contexto en el que conoció a la menor, por intermedio de una persona que se la ofreció para mantener relaciones sexuales, determina una clara situación de vulnerabilidad de la persona que ejerce la prostitución, ya que ni siquiera estaría desarrollando su sistema de sustento por sus propios medios y con total independencia, circunstancia que podría sí conducir a una legítima confusión en un potencial cliente respecto a una mayoría de edad para el ejercicio de la prostitución (caso del cliente que contrata servicios de una meretriz en la vía pública)”, agrega el fallo.
El ministro de la SCJ, Jorge Larrieux, explicó a El Observador que la resolución de la Corporación de revocar el fallo exculpatorio y procesar a Moya no implica, en principio, que el imputado deba regresar a prisión.
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