viernes, 9 de junio de 2017

VERGÜENZA REPUBLICANA, Y ESPERANZA. Dr. Humberto Alfaro Mendoza.



Algo que se venía pergeñando a la sordina, en la semi penumbra, desde hace ya bastante tiempo, ha aflorado en las últimas horas, y ha comenzado sus primeros tenebrosos pasos de ejecución.
Ya desde hace un tiempo, y por diversos medios, advertimos lo que estaba ocurriendo y el riesgo que se corría.
Lamentablemente, la inmensa mayoría de los actores políticos y sociales,-unos por ignorancia o comodidad y otros muchos por conveniencia-, guardaron silencio.
El Artículo 82 de la Constitución de la República establece que la Nación adopta para su gobierno la forma democrática republicana, agregando que la soberanía será ejercida por el Cuerpo Electoral en los casos de elección, iniciativa y referéndum, “…e indirectamente por los Poderes representativos que establece esta Constitución, todo conforme a las reglas expresadas en la misma.”
Quiere decir pues que, una de las formas (por supuesto la más habitual en la vida cotidiana) en que se lleva a cabo el ejercicio del gobierno democrático republicano adoptado por la Nación, es a través de los “Poderes representativos que establece esta Constitución.”
Una rama de esos Poderes, mejor dicho, 16 integrantes de esa rama,-que es el Senado de la República que integra parte del Poder Legislativo, ha resuelto en las últimas horas aprobar por mayoría la derogación del Artículo 162 del Código Penal. El mismo establece que “El funcionario público que con abuso de su cargo, cometiere u ordenare cualquier acto arbitrario, en perjuicio de la administración o de los particulares, que no se hallare especialmente previsto en las disposiciones del código, será castigado con prisión de tres a veinticuatro meses e inhabilitación especial de dos a seis años.”
Tal artículo está incluido en el Capítulo II del Título IV, que legisla respecto de los delitos de abuso de autoridad y violación de los deberes inherentes a la función pública.
Es decir que si existe un acto arbitrario que no constituye fraude, conjunción del interés personal o del público, ni peculado, ni concusión, ni cohecho simple o calificado, ni soborno, igualmente se aplicará la sanción punitiva, por considerarse delito, ya que con un abuso de su cargo, se causó un perjuicio a la administración o a los particulares.
Por supuesto se trata de una herramienta de fundamental relevancia contra la corrupción, que es la enfermedad que se introduce en los Partidos, en los Gobiernos y en la Administración, y que destruye la organización o forma democrática republicana de gobierno.
Al respecto parecen existir más que claros ejemplos en el mundo, y especialmente en la región: Brasil, Argentina, Venezuela y tantos otros casos conocidos.
En el Uruguay el tema está instalado desde siempre y con un claro empuje en los últimos años: basta mencionar lo de PLUNA, los remates de aviones, el crédito del BROU a persona con nombre falso, sin aval y contrariando las disposiciones pertinentes, lo de ANCAP con cientos de millones de dólares dilapidados (como quien desparrama maníes), lo de la Planta regasificadora, lo de contratación de publicidad con emisoras que no existen, lo de Tarjetas corporativas de un Ente utilizadas “a la marchanta”, los temas de Aratirí, los créditos del FONDES, y podríamos continuar la lista. Hay personas procesadas y otras que están investigadas por la Justicia, hay nombres concretos y sumamente reconocidos en lo que son sus actuaciones por toda la ciudadanía.
¿Y que se les ocurre a 16 integrantes del Senado? comandados por el Senador Rafael Michelini y todos ellos integrantes del Frente Amplio que constituyen la mayoría y que tienen en sus manos la administración del país: DEROGAR LA DISPOSICIÓN que determinará, de transformarse en Ley, que queden sin enjuiciamiento no sólo quienes ya están encausados y próximos a recibir pena o sobreseimiento, sino que también quedarán “blindados” aquellos que están investigados (que son muchos), prácticamente todos pertenecientes a ese Partido (con alguna excepción menor), sino también aquellos que han cometido o están cometiendo en este mismo momento, graves irregularidades que encuadran en esa figura delictiva y todavía no están ni siquiera investigados, pero que seguramente habrán de estarlo, y eventualmente serán enjuiciados.
Más allá de tecnicismos jurídicos,-sin perjuicio de señalarse que la Suprema Corte de Justicia en sus últimos dictámenes estableció frente a planteamientos concretos, que tal norma se ajusta a la Constitución de la República-,seguramente no puede existir un peor momento desde el punto de vista de la conveniencia, para intentar semejante dislate. En un momento en que existe un descreimiento mayúsculo respecto al sistema político, 16 integrantes (no digo el Senado para no ofender la Institución), de esa rama parlamentaria, aprovechando su circunstancial mayoría y para defender la “chacra” partidaria y a sus amigos políticos, resuelven eliminar la peligrosa herramienta contra la corrupción. Ni siquiera se les ha importado que el descreimiento de la ciudadanía respecto del sistema político, que ya está en sus límites más bajos, llegue prácticamente al cero. Lo que importa es salvar a los “compañeros”, y en lo posible, mantener el poder, seguramente utilizando los mismos recursos que se han logrado acumular a través de la conducta ilícita tipificada en el Artículo 162 del Código Penal.
Es un verdadero acto de ataque al sistema democrático republicano de gobierno. El Señor Presidente de la República está sumamente preocupado por la enfermedad del cáncer provocado por el tabaco, que afecta seriamente la salud y a la sociedad toda. Pero creemos que los 16 Senadores de su Partido que acaban de aprobar este atropello, terminan de introducir en el contexto social, una enfermedad que es de consecuencias seguramente más graves que el flagelo que el Mandatario combate con tanto énfasis (lo cual compartimos).
Es por eso que decimos en la titulación de estas reflexiones, que sentimos vergüenza. Vergüenza republicana. Vergüenza democrática. Vergüenza oriental y uruguaya.
Pero todo no está perdido. Todavía y felizmente está vigente el sistema de gobierno que tantos sinsabores y sacrificios llevó construir a tantas generaciones. Y en él confiamos. Tenemos la gran esperanza que la Cámara de Representantes,-que la integran 99 Diputados de 5 Partidos Políticos, donde en todos ellos hay personas de gran capacidad, de mucha inteligencia, de mucho criterio, y por sobre todas las cosas de mucha honestidad-, dará lucha e interrumpirá este proceso cuasi escandaloso. Y en el propio Frente Amplio sabemos que hay gente con independencia intelectual y coraje cívico, que serán capaces de enfrentarse a esta oleada que intenta “barrer para debajo de la alfombra”, la suciedad y la resaca cívica.
Pero también si este sistema de control fallara, tenemos la esperanza de que el Señor Presidente de la República Dr. Tabaré Vázquez (esperemos que no se vaya a dar la circunstancia de que en alguna licencia del mismo no quede en ejercicio de la Presidencia el actual Vicepresidente, o ante alguna imposibilidad de éste, la Señora Senadora Topolansky, y que ahí llegue el proyecto para ser promulgado, porque sería el acabose), haciendo uso de la facultad que le otorgan los Artículos 137 y siguientes de la Constitución, interponga EL VETO que impida la vigencia de la Ley. Ha demostrado en alguna otra oportunidad, en su anterior Gobierno, que tiene o tenía, veremos, la necesaria entereza e independencia intelectual y personal como para hacerlo. Dijo hace pocas horas que él no se oponía a ninguna investigación, sin embargo no tuvo la fortaleza para hacer entender dentro del partido de gobierno, que así procedieran, y como consecuencia la mayoría parlamentaria del mismo se opuso a toda investigación hasta que los mismos desatinos e irregularidades en esa administración provocaron el quiebre de esa mayoría.
Pero si este contralor también fallara, nos queda el último reducto que sabiamente establece la propia Constitución de la República, cuando han fallado los poderes representativos, el ejercicio de la soberanía vuelve al titular de la misma, es decir A LA CIUDADANIA, y en ese caso como dijo sabiamente Artigas en la Oración de Abril en el Congreso de Tres Cruces: “Mi autoridad emana de vosotros y cesa ante vuestra presencia soberana”. En este caso los poderes representativos habrían fallado todos, y entonces aparece “la presencia soberana” según expresa el Artículo 82 de la Constitución “…su soberanía será ejercida directamente por el Cuerpo Electoral en los casos de elección, iniciativa y referéndum…”; y al respecto el Artículo 79 inciso 2 de la Constitución establece que “el veinticinco por ciento del total de inscriptos habilitados para votar, podrá interponer, dentro del año de su promulgación, el recurso de referéndum contra las leyes y ejercer el derecho de iniciativa ante el Poder Legislativo.” Es decir pues que si fuera promulgada la Ley y entrara en vigencia, de inmediato corresponderá proceder a la recolección de firmas para que el 25% de los habilitados puedan interponer el RECURSO DE REFERENDUM para derogar la misma, y será la ciudadanía la que en voto secreto y con total libertad, se pronunciará si está a favor de que se mantenga este blindaje a la corrupción, o su voluntad es que desaparezca este “esperpento” y sigan siendo enjuiciados los corruptos con las herramientas que la Constitución, la Ley, y el sistema democrático republicano de gobierno establecen.
Conociendo al pueblo oriental y ejemplo de ello ha dado suficientes (pregúntenle a los dictadorzuelos o aprendices de tales, de 1980 que fue lo que les pasó), nos parece que ya conocemos el resultado.
A esperar pues, con la esperanza de las etapas que quedan del sistema representativo, en él confiamos, pero si falla, está el último y creemos que inexpugnable reducto, EL PUEBLO EN LAS URNAS.


1 comentario:

  1. Cuando se está por dictar sentencia sobre los procesados Lorenzo y Caloia y cuando la tormenta arrecia contra otros integrantes del Frente Amplio marxi socialista, sale todo el espectro de la izquierda oficialista con la intensión de derogar el art. 162 del Código Penal.

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