Crysol: Asociación de ex Pres@s Polític@s de Uruguay
El
reciente informe de la Comisión Internacional de Juristas (CIJ), con
algunas afirmaciones que no compartimos, ha puesto nuevamente al desnudo
las inconsistencias de la democracia uruguaya, más allá de las
apariencias y de los símbolos exteriores de ella. Sin ser tremendistas,
las normas de DDHH referidas al pasado dictatorial, tal vez lejano en el
tiempo pero actual en la sensibilidad social, no se aplican a
cabalidad. El poder judicial, uno de los pilares del sistema democrático
republicano de gobierno no cumple con sus cometidos básicos y
esenciales con auténtico compromiso.
A
casi 30 años de la recuperación democrática, como resultado de
elecciones que se llevaron a cabo con centenares de presos políticos en
las cárceles y decenas de proscriptos para participar en ellas, más allá
de las múltiples instancias electorales que se han celebrado, de la
rotación de partidos en el gobierno, de la vigencia de las libertades y
derechos consagrados por las disposiciones constitucionales, el Estado
de Derecho aún no tiene sólidas bases, sus cimientos se siguen apoyando
en arenas movedizas por dos grandes factores.
En
primer lugar, como lo señala el informe de la CIJ, coincidente con lo
señalado meses atrás por el Relator Especial de la ONU Pablo de Greiff,
las normas y leyes de DDHH no se aplican con el rigor que merecen, se
desconoce incluso la Resolución 60/147 de la ONU que es el estándar de
calidad para situaciones como las que vivió Uruguay. Más allá de los
avances indudables que se han registrado, especialmente en los últimos
diez años, solo un pequeño puñado de represores y golpistas han sido
enjuiciados y condenados, a diferencia de lo ocurrido en Argentina donde
más de un millar de represores se encuentran en prisión luego del
debido proceso.
En
un lamentable deterioro institucional, durante más de dos décadas el
Poder Judicial estuvo supeditado al Poder Ejecutivo para actuar en lo
referido a las violaciones a los derechos humanos, como lo señaló la
Resolución 365/2009 redactada por el Dr. Jorge Chediak, actual
presidente de la SCJ. Luego de la aprobación de la Ley 18 831, en
octubre de 2011, que restableció plenamente la pretensión punitiva del
Estado han sido minúsculos los avances que se han registrado en las
centenares de causas que las propias víctimas directas sobrevivientes o
sus familiares han impulsado a su propio costo y esfuerzo, sin apoyo
estatal de ningún tipo.
El
segundo elemento a considerar, el más preocupante, es que quienes
dieron el golpe de Estado y perpetraron las graves violaciones a los
DDHH siguen teniendo un enorme poder político, ideológico, económico,
militar, en los medios de comunicación, para impedir que se apliquen las
normas y las leyes que los condenarían. Sigue habiendo impunidad como
resultado del poder, aunque no hagan ostentación de él, que siguen
teniendo los terroristas estatales, que no son solamente los
cavernícolas y nostálgicos, cada vez más desprestigiados, que se agrupan
en los centros militares.
Terrorismo de Estado: un proyecto de país
El
terrorismo de Estado fue un “proyecto de país” de los sectores más
reaccionarios, en el marco de una estrategia continental diseñada en
EEUU, para impedir los cambios y las transformaciones de fondo que los
trabajadores y sectores populares reclamaban. Fue un proyecto brutal
para mantener un estatu quo injusto y de privilegios para pocos. Comenzó
a gestarse el 13 de junio de 1968 cuando Jorge Pacheco Areco estableció
las Medidas Prontas de Seguridad para congelar los salarios, intervenir
la enseñanza, militarizar a los trabajadores públicos, reprimir al
movimiento estudiantil y sindical, comenzando, paulatinamente, a vaciar
de contenido la institucionalidad democrática.
Las
Fuerzas Armadas fueron formalmente convocadas por el Decreto 566/71 de
Jorge Pacheco Areco para combatir a la “subversión” mucho después de que
la sangre de Líber Arce, Susana Pintos y Hugo de los Santos regara las
calles montevideanas en defensa de la democracia y la libertad, que las
torturas fueran frecuentes en la Policía, que miles de trabajadores
estatales hubieran sido militarizados y de que el Escuadrón de la Muerte
cobrara las primeras víctimas.
Meses
después, ya con el nombre de Fuerzas Conjuntas (la policía fue
supeditada a las fuerzas armadas), fueron tácitamente autorizadas a
torturar cuando por iniciativa del Poder Ejecutivo, que integraba el Dr.
Julio María Sanguinetti, la Asamblea General del Parlamento, el 15 de
abril de 1972, solamente con los votos de los legisladores del Partido
Colorado y del Partido Nacional, declaró el Estado de Guerra Interno:
suspensión de las garantías individuales, eliminación de los plazos
legales para que las personas privadas de su libertad comparecieran ante
un juez y sometimiento de todas ellas a tribunales militares
(denominados Justicia Militar).
El
resultado inmediato de la Declaración del Estado de Guerra Interno fue
la ejecución por parte del Ejército de 8 militantes del Partido
Comunista (PCU) en la Seccional 20 en la madrugada del lunes 17 de abril
y el despliegue en todo el país de un plan represivo que incluyó la
tortura masiva, sistemática y generalizada en las miles de detenciones
que se registraron a partir de ese momento para aniquilar, en primera
instancia, a las organizaciones que enfrentaban el proyecto reaccionario
armas en mano. Luis Batalla, militante del Partido Demócrata Cristiano
(PDC), el 25 de mayo, fue el primer asesinado en la tortura en el
Departamento de Treinta y Tres. Según cifras del Servicio de Paz y
Justicia (SERPAJ), más de 2.000 uruguayos fueron sometidos a la Justicia
Militar, luego de ser bárbaramente torturados, durante el correr del
año 1972.
Una
vez recuperada la institucionalidad democrática, esos mismos sectores
políticos, con honrosas y dignas excepciones, promovieron y aprobaron
la Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado y batallaron a
capa y espada por su mantenimiento, incluso luego de que la Suprema
Corte de Justicia, en octubre de 2009, estableciera su
inconstitucionalidad para el caso Nibia Sabalsagaray.
Justicia para llegar a la Verdad
Nuestra
institucionalidad democrática, conquista de la resistencia y de la más
amplia lucha popular, le confiere al Poder Judicial la responsabilidad
exclusiva y monopólica del ejercicio sancionatorio de las infracciones a
la ley. Con el auxilio de la Policía es él quién tiene que indagar las
actividades y acciones con apariencia delictiva, esclarecer los hechos,
llegar a la verdad de lo ocurrido, identificar a los responsables,
enjuiciarlos y sancionarlos. La búsqueda de la verdad en todas las
situaciones de delitos es una responsabilidad del Estado uruguayo en su
conjunto, de sus tres poderes, específicamente del Poder Judicial, tal
como lo establecen las disposiciones constitucionales vigentes.
El
esclarecimiento de lo ocurrido con los casi 200 detenidos
desaparecidos, delito que de acuerdo a la normativa internacional que
Uruguay ha ratificado es de carácter permanente y se sigue cometiendo
mientras no se hallen fehacientemente los restos, se aclaren las
circunstancias de los hechos y se identifique a los responsables
directos y la red de complicidades, es una responsabilidad
constitucional del Poder Judicial ofreciendo las máximas garantías a
todos los involucrados, tal como se ha hecho y se sigue haciendo en la
Argentina y en Chile con resultados muy importantes y con cifras harto
elocuentes.
No
compartimos la tesis predominante en las máximas jerarquías
gubernamentales de que la justicia impide llegar a la verdad o de que
ella es un obstáculo para esclarecer lo ocurrido. Refleja una visión
institucional equivocada aunque uno de los grandes logros de estos años
haya sido el haber restablecido la plena independencia del poder
judicial y la plena pretensión punitiva del Estado. Es una afirmación a
contrapelo de la experiencia internacional y de lo ocurrido en Argentina
y en Chile. Ha sido la falta de actuación de la justicia, debido a la
resistencia de los terroristas estatales, a su miserable pacto de
silencio, y a la vigencia de la Ley de Caducidad durante más de 20 años,
lo que ha impedido mayores avances al respecto en nuestro país.
Los crímenes NO prescribieron
La
Ley de Caducidad, vigente desde diciembre de 1986, supeditó al Poder
Judicial al Poder Ejecutivo con respecto a todas las violaciones a los
derechos humanos del terrorismo de Estado y cercenó el derecho
constitucional de las víctimas sobrevivientes y de sus familiares a la
justicia, tal como lo estableció la Resolución 365/2009 de octubre de
2009 de la SCJ, redactada por el actual presidente de la misma, Dr.
Jorge Chediak.
Como
lo señala la doctrina jurídica en forma unánime, aunque no se
considere Crímenes de Lesa Humanidad a la desaparición forzada, a los
asesinatos políticos, a la tortura y a los abusos sexuales como
correspondería, el tiempo en que estuvo vigente la Ley de Caducidad no
puede ni debe computarse a los efectos del cálculo prescripcional de
las graves violaciones a los derechos humanos que se llevaron a cabo
desde el 15 de abril de 1972. Durante su vigencia estuvo cercenado para
miles de uruguayos el derecho de acceder plenamente a la justicia. Al
injustamente impedido no le corre el plazo.
Más y mejor democracia
Los
expresos políticos sobrevivientes del horror tenemos la obligación
moral de testimoniar lo ocurrido, de trabajar para que la tragedia de la
dictadura nunca más se repita. Es una batalla que se libra en mejores
condiciones trabajando unidos y organizados democráticamente como lo
hacemos en Crysol desde hace más de una década. La lucha por justicia
para que haya verdad es todo lo opuesto al concepto de venganza.
Enfrentar la impunidad es el esfuerzo constante y permanente por afirmar
la institucionalidad democrática, de profundizar la democracia
conquistada, por expandirla, llevarla a su mayor expresión: es el único
camino para avanzar en la justicia social, el progreso, las
transformaciones de fondo, la liberación nacional y senderos con
horizontes y utopías socialistas.
La
implementación de la Resolución 60/147 de la ONU en todos los planos,
la norma internacional de DDHH más avanzada y actualizada en cuanto a
definir las obligaciones estatales y los derechos de las víctimas de
graves violaciones, es el único camino que asegura la no repetición y
permite mirar el futuro con ojos de esperanza.
Aunque
se avanzó en aspectos importantes y valiosos en la administración que
culmina, no se hizo todo lo que se debía hacer ni con la intensidad
militante que correspondía. El próximo gobierno deberá hacerse cargo de
los desafíos pendientes, incluso en los aspectos reparatorios, tal como
lo señaló la Institución Nacional de DDHH (INDDHH), el Relator Especial
de las Naciones Unidas Pablo de Greiff y recientemente la Comisión
Internacional de Juristas (CIJ). Es la ruta a transitar para seguir
superando el legado del terrorismo de Estado.
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Opinando Nº 1 – Año 4 – Viernes 5 de febrero de 2015