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miércoles, 28 de enero de 2015

Liberaron al abusador de Punta del Diablo ¿injusticia para quién? ANÁLISIS-GABRIEL PEREYRA


Uno de los cuatro hombres que exhibió desnuda en Internet a una mujer, estuvo tres días preso cuando nunca debió ir a prisión



De los cuatro jóvenes que filmaron y difundieron por Internet el video del abuso a una mujer en Punta del Diablo, tres habían quedado en libertad. Si bien fueron procesados por “atentado violento al pudor” eran primarios y como ese delito es excarcelable la Justicia los dejó libres. En cambio, al cuarto violento, que como sus secuaces manoseó a la mujer y la amenazó con difundir las imágenes en la red, lo envió a prisión porque, supuestamente, tenía un antecedente por “lesiones”.
El diario El País informó hoy que este joven recuperó la libertad ya que su abogado, Ángel Ferraz, confirmó que en la causa que supuestamente tenía abierta, el plazo de vigilancia había vencido hace casi un año, el 14 de febrero de 2014, y así quedó extinguido el delito.
Este joven que, por lo que se ve y oye, rezuma violencia y machismo en dosis altas, estuvo tres días preso en una chacra carcelaria de Rocha. La divulgación de este fallo judicial disparó en redes y medios las críticas de quienes, indignados por el episodio, no pueden creer que ninguno pague de alguna forma.
Si la sociedad cree que este delito debe pagarse con cárcel, entonces para que eso pase sus representantes en el Parlamento deben votar una modificación de la ley.
Según el régimen legal vigente, fue un abuso que este agresor estuviera tres días privado de su libertad. Si quisiera, podría enjuiciar al Estado por haber sido violento en extremo con él. Además, la gestión pública de Justicia demostró una fragilidad en el manejo de la ley que nos debería poner a todos en alerta.
¿Cómo es posible que en el momento de emitir un fallo un juez no sepa si esa persona que manda a la cárcel en realidad debería liberarla? No pienso en esas series de TV donde meten un número y aparece todo, pero que el Estado haya demorado tres días en saber si una persona tiene que estar encerrada o no, es una eternidad. ¿Suerte que este violento pudo pagar a un abogado porque si fuera por el sistema judicial, él seguía preso siendo inocente? Si los afectados como él luego hacen juicio, el Estado (¿todos?) deberá pagar de las arcas públicas, dinero que nunca alcanzará a, además, a cubrir ni media hora de cárcel injusta. Hoy le pasó a este, mañana le puede pasar a usted.

lunes, 26 de enero de 2015

Video abuso sexual; procesados por "abuso violento al pudor"

El pudor en cuestión 

ladiaria

Dos jóvenes que abusaron de una chica fueron procesados por atentado violento al pudor, delito en discusión en proyecto de Código Penal.
La semana pasada se conoció públicamente la denuncia de una joven que, mientras mantenía relaciones sexuales con un chico en un descampado en Punta del Diablo, fue grabada con un celular por otros jóvenes que llegaron en una camioneta. En el vehículo iban cinco varones, dos se quedaron en su interior, pero los otros tres la amenazaron con difundir las imágenes si no tenía relaciones sexuales con ellos. El chico con el que estaba se fue y los que llegaron la manosearon mientras seguían grabando y anunciaban que difundirían las imágenes a través de la aplicación WhatsApp y de las redes sociales Twitter y Facebook. Ella memorizó la matrícula del vehículo e hizo la denuncia. El video se difundió ampliamente por WhatsApp. El dato de la matrícula y el rastreo de la división Delitos Informáticos de la Jefatura de Policía de Montevideo, que identificó la dirección IP del aparato que subió el video, permitieron hallar a los cinco jóvenes. Según consignó El Observador, a pedido de la fiscal Gabriela Sierra, la jueza María Noel Tonarelli, del Chuy, procesó el sábado a dos de los jóvenes por atentado violento al pudor y al tercero por exhibición de pornografía. Dos de ellos fueron procesados sin prisión y el otro con prisión, por tener antecedentes penales por el delito de “lesiones”.
La figura delictiva de “atentado violento al pudor” fue uno de los puntos que decenas de organizaciones sociales y la Institución Nacional de Derechos Humanos cuestionan del proyecto de Código Penal que fue tratado por la comisión de Constitución y Códigos de la Cámara de Diputados durante esta legislatura.
La abogada Alicia Deus, quien junto con Diana González hizo en 2013 una consultoría que analizó la legislación uruguaya en materia de género, generaciones y derechos, explicó a la diaria que el proyecto de ley sigue tipificando un delito de violación sólo cuando hay penetración, pero que hay muchas otras formas de abuso sexual, como el sexo oral, que son catalogadas como delito de atentado violento al pudor, y pasan a ser una figura residual. Sobre el caso de los tres jóvenes procesados, Deus expresó que “los están procesando porque no hay una figura delictiva, un tipo de delito que se adecue mejor a lo que hicieron”. Además, las organizaciones cuestionan que el nombre de atentado violento al pudor no es adecuado con el derecho internacional. “Lo que se debe proteger son los derechos de las personas, el derecho a la libertad sexual, a la integridad sexual y no el pudor”, dijo Deus, que calificó el nombre de “anacrónico”, porque “quedó del viejo Código Penal, que protegía el pudor, las buenas costumbres, la moral, la familia, y no los derechos de las personas”.
Pero el problema no sólo es de forma: la pena de esos delitos es excarcelable y es de un tercio a la mitad de la que corresponde al delito de violación.
La diferencia con algunos legisladores es importante. Consultado por la diaria, el diputado frenteamplista Jorge Orrico señaló que el delito de atentado violento al pudor fue uno de los que recibieron objeciones de la sociedad civil: “Lo que pretendían era subsumir todo al delito de violación. Esto que pasó ahora [el caso del video de Punta del Diablo] demuestra que no todo es violación”. Orrico cuestionó que las organizaciones catalogaran de “arcaico el concepto de atentado violento al pudor, que, como acaba de demostrarse, no es arcaico”. Mencionó que se opusieron al concepto “como si el pudor no existiera; me parece que confundieron un concepto jurídico claramente determinado con lo que puede ser el lenguaje vulgar, un lenguaje casi de telenovela”.
Ciberacoso
Un informe del encargado de la sección Delitos Tecnológicos de la Dirección General de Lucha contra el Crimen Organizado e Interpol, Winston Andrés Rodríguez, difundido el jueves por el Ministerio del Interior, sostiene que el ciberacoso “es bastante común en nuestro país” y que en 2014 se cuadruplicaron las denuncias por ese tema. En 2013 hubo 120 denuncias y en 2014 se alcanzaron las 450. Si bien dijo que todos los grupos sociales o etarios son vulnerables, la mayor fragilidad la tienen quienes tienen entre siete y 17 años. Rodríguez afirmó que se han tenido “buenos resultados a nivel de ciberacoso” y destacó que en 2014 se procesó a 19 personas por ese delito.
Germán Aller, abogado penalista y secretario del Instituto de Derecho Penal de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República, expresó que hay un cúmulo de leyes y tratados internacionales en la materia y que “hay un proyecto que todavía no está resuelto de crear una serie de delitos informáticos”, aunque precisó que refieren más que nada a la información, a los contenidos que se difunden. No dudó en que exista un aumento de este tipo de delitos, puesto que “aumentaron tremendamente los niveles de comunicación por estos medios”.
El proyecto del Código Penal hace sólo dos referencias a los delitos por medios informáticos: la estafa y el hecho de conocer documentos secretos de manera fraudulenta. El ciberacoso no aparece.

Análisis del video de mujer abusada sexualmente


Sobre los procesamientos por video de Punta del Diablo

Montevideo Portal

Para el Psic. Roberto Balaguer, el procesamiento de tres hombres por filmar un video en donde abusan de una mujer en Punta del Diablo rompe con la idea de que las redes sociales “son un universo paralelo”. Balaguer dijo a Montevideo Portal: “Quien comparte estos videos se convierte en cómplice".


El video en donde tres jóvenes abusan de una mujer en Punta del Diablo, vuelve a poner sobre el tapete el uso de las redes sociales y su impacto en la sociedad a partir del momento en que algunos de sus contenidos se viralizan.
Por este caso, la Justicia procesó a dos de los hombres por atentado violento al pudor -uno de ellos con prisión-, y a uno por exhibición pornográfica.
El psicólogo y experto en redes sociales, Roberto Balaguer, expresó: "Una de las cosas que se pone de manifiesto con esto de los procesamientos, es que las cosas que se publican en Facebook, Instagram o WhatsApp no suceden en un universo paralelo. Tienen su correlato con las leyes, los deberes y derechos de las personas. Eso que parece obvio, no lo es para quienes creen que intercambiando mensajes en las redes están en un universo paralelo que no tiene consecuencias. Este caso de Punta del Diablo es un balde de agua fría para eso y un llamado a la realidad".
El experto destacó a Montevideo Portal: "Estas cosas ponen de manifiesto el hecho de que los jóvenes están permanentemente intercambiando este tipo de cosas y algunas veces es difícil abstenerse de hacerlo porque el flujo es permanente. Cuesta mucho decir 'eso no corresponde' o 'no es moralmente aceptable hacerlo'. Tanto el viralizarlo como el primero que lo documenta. El tema es que la tecnología nos transformó a todos en paparazzis en potencia".
De teléfono en teléfono
Este caso registrado en Punta del Diablo, tiene un antecedente muy cercano. Ocurrió en enero de 2014 en los baños del camping de Santa Teresa.
Ambos videos tienen varios puntos en común: en primera instancia fueron divulgados por quien los filmó y en poco tiempo circularon a través de miles de teléfonos en Uruguay.
"Una de las cuestiones fundamentales tiene que ver con los valores. Si se comparte el video se entra en la complicidad. No es un espectador pasivo, y al ser activo se potencia la cantidad de gente que va a tener acceso al video. Eso es parte de la educación y es una cuestión ética. Son situaciones en las que mucha gente piensa: 'lo comparto sólo con mi grupo de amigos'. Pero esa multiplicación hace que el número de personas que lo termina recibiendo sea incalculable. El acto reflejo es compartir este tipo de videos, pero cuando se piensa en las consecuencias éticas uno debe tener claro que hay que frenarse", explicó Roberto Balaguer.
Consultado sobre la posibilidad de que los procesamientos de los tres jóvenes que filmaron el video en Punta del Diablo contribuyan para que no se repitan este tipo de hechos, el experto consideró: "Hay mayor conciencia del alcance que tienen esos hechos y que no es broma. La suma de este caso con el de Santa Teresa, en donde en ambos participa la Justicia, hace que se elimine ese universo paralelo y que entre a jugar la Ley".