En la iniciativa, el legislador por Rocha recuerda la importancia de la obra y plantea que se autorice ak Banco Central a la acuñación de monedas conmemorativas
Gerardo Hernán Matos Rodríguez,
"Becho" (Montevideo, 1897-1948), siendo un joven
estudiante de arquitectura, pianista y compositor, creó una marcha
musical que haría historia, y que llegó a convertirse en un Himno
popular y cultural de la República Oriental del Uruguay (Ley
N°16905) , entrando para siempre en la tradición musical de todo el
Río de la Plata: La Cumparsita.
Se trata, sin dudas, del tango más
difundido a nivel mundial, y seguramente el más representativo del
género. No en vano se le ha llamado "el himno de los tangos",
y fue declarado Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad por la
UNESCO.
Se estima que a comienzos del año
1916, Matos Rodríguez se propuso realizar una obra para estrenarse
en el carnaval de aquel año por la comparsa de la Federación de
Estudiantes Universitarios del Uruguay. Se afirma incluso que La
Cumparsita se escribió en la misma sede de la FEUU.
El estreno público tuvo lugar en
las instalaciones del café La Giralda, en 18 de Julio y Andes, en un
día como el de hoy hace 100 años.
Ese día, el pianista argentino
Roberto Firpo ejecutó la pieza en una nueva versión, con varios
arreglos técnicos. Algunos sostienen que Firpo interpretó la obra a
pedido del tío de Matos Rodríguez; otros dicen que fue a solicitud
de amigos del autor.
El sello discográfico ODEÓN
realizó la primera grabación, también por el maestro Roberto
Firpo,quien decía que La Cumparsita era el tango universal, y fue
quien realizó la difusión en Buenos Aires, integrándola al
repertorio que hacía en el café porteño "Iglesias".
Con posterioridad al gran éxito
popular que había logrado "La Cumparsita", Firpo le
propone a Matos Rodríguez firmar la obra "en colaboración",
cosa que Matos no aceptó.
En la década del 20, Francisco
Canaro comienza a difundir La Cumparsita desde París hacia toda
Europa. Allí, en París, estaba viviendo Matos Rodríguez, quien se
enteraría del suceso de su obra en el Río de la Plata.
Luego de una intensa lucha con
sellos discográficos, letristas e intérpretes varios, Matos
Rodríguez no verá la recuperación de sus derechos autorales, los
que fueron reconocidos en 1948, después de su muerte.
La Cumparsita ha tenido diversas
variantes, tanto desde el punto de vista musical como en cuanto a la
letra. Muchas de esas variantes fueron realizadas por distintos
músicos, no solamente por su autor original.
Desde lo instumental, Francisco
Canaro destaca que una de las virtudes de La Cumparsita es que admite
distintos arreglos y orquestaciones, cambios de melodía y
posibilidad de incorporar variados efectos musicales.
En el año 1947 la obra fue llevada
al cine, en una película que llevó su nombre, dirigida por Antonio
Monplet y con la participación del actor y cantante Hugo del Carril.
Posteriormente, a lo largo de los años, tuvo consagración en filmes
extranjeros como "Una Eva y Dos Adanes", "El ocaso de
una vida", "Alice".
Al cumplirse un centenario de su
creación, nuestro país debería conmemorar este significativo
hecho también exteriorizando la trascendencia del mismo mediante la
acuñación de monedas alusivas; como forma de reivindicar el origen
de un símbolo auténtico de nuestra identidad cultural y contribuir
a reafirmar la permanencia de La Cumparsita en nuestro acervo
nacional.
Montevideo, 19 de abril de 2017.
ALEJO UMPIÉRREZ
Representante
Nacional por Rocha
PROYECTO
DE LEY
MONEDAS
CONMEMORATIVAS DEL CENTENARIO DE "LA CUMPARSITA"
SE
AUTORIZA AL BANCO CENTRAL DEL URUGUAY A PROCEDER A SU ACUÑACIÓN
Artículo 1º. Autorizase al Banco Central del Uruguay a proceder a la acuñación
de monedas conmemorativas del Centenario de la creación del tango
"La Cumparsita", del autor uruguayo Gerardo Matos
Rodríguez, hasta las cantidades y con las características que se
determinan en los artículos siguientes.
Artículo 2º.- El
Banco Central del Uruguay podrá acuñar hasta cinco mil unidades con
las siguientes características. El valor facial de cada unidad será
de $ 1.000 (pesos uruguayos mil). La moneda será de plata con un
fino de 900 (novecientas) milésimas. Se admitirá una tolerancia por
aleación de un 2% (dos por ciento). Tendrá 12,50 (doce y medio)
gramos de peso y 33 (treinta y tres) milímetros de diámetro. Se
admitirá una tolerancia de peso del 2% (dos por ciento) por cada
millar. Su forma será circular y su canto estriado.
Artículo 3º.- El
Banco Central del Uruguay determinará los elementos ornamentales de
las monedas que aludirán al Centenario de la creación de La
Cumparsita.
Artículo 4º.- Facúltase
al Banco Central del Uruguay a vender al exterior las monedas cuya
acuñación se autoriza por la presente ley, a disponer su
desmonetización y la enajenación de las piezas demonetizadas.
Montevideo, 19 de abril de 2017.
ALEJO UMPIÉRREZ
Representante Nacional por
Rocha