DOCE MUERTES
Para la jueza “no fue posible” determinar el origen del fuego
Después de dos años y medio de investigación, la jueza penal de Rocha, Marcela López Moroy, archivó por falta de pruebas la investigación por el incendio de la cárcel de Rocha en el que 12 reclusos murieron calcinados. En el fallo, al que accedió El Observador, la jueza sostuvo que “no fue posible” atribuir el origen del incendio y las muertes de los presos a ninguna persona determinada.
Por lo tanto, coincidió con la Fiscalía en que “no corresponde desde un enfoque garantista del proceso penal hacer imputaciones indefinidas por si las mismas se adecuan o no a una conducta antijurídica determinada”.
“Tampoco se prevé que la prueba pueda mejorarse luego de más de dos años de iniciadas las actuaciones”, agregó. Incluso señaló que “podrían resultar contraproducentes a consecuencia de la natural contaminación que ha sufrido por el propio transcurso del tiempo”.
El incendio ocurrió en la madrugada del 8 de julio de 2010. Según declaró en ese momento el subjefe de Policía de Rocha, Celso Sosa, el fuego se desató en el interior de una de las celdas, que fue “imposible” de abrir por la rapidez con que se propagaron las llamas.
Con todas esas pericias, la jueza llegó a la conclusión de que el incendio “ha sido causado por un caso fortuito (caída de una sábana, manta de uno de los reclusos de la celda sobre un calefactor)”.
Si bien se investigó la posibilidad de que haya sido provocado por los reclusos, una investigación de la Dirección Nacional de Información e Inteligencia, determinó que esa información fue desacreditada puesto que surgió de un preso, quien declaró que, a su vez, se la aportó una mujer que aduce tener un “don psíquico que le permite comunicarse con los espíritus que le cuentan cómo pudieron haber sucedido los hechos”.
De acuerdo a las pericias realizadas por los médicos forenses, la jueza explicó que la intoxicación con humo de incendio con monóxido de carbono puede ocasionar la muerte en algunos minutos, pero para el caso de dióxido de carbono puede provocar una muerte fulminante, al igual que con el ácido cianhídrico, ya que se trata de uno de los tóxicos más mortíferos y estos tres tipos de gases se encuentran en un incendio.
La jueza analizó también la respuesta brindada por el personal policial y concluyó que ocurrió entre los 3 y los 8 minutos de iniciado el fuego.
Según el fallo, de tres pericias técnicas, la de Bomberos, la del Instituto Nacional de Tecnología Industrial y la realizada por el ingeniero Roberto D’Aliello, surge que la respuesta ocurrió entre 2 minutos y medio y 8 minutos.
D’Aliello señaló que la alerta recién pudo darse cuando se visualizó el foco ígneo por parte de la funcionaria policial desde la garita en la que estaba apostada, lo que, según sus cálculos, fue a los 6 minutos aproximadamente de iniciado el incendio.
“La mayoría de las víctimas, por un intento de protegerse de las llamas, fueron hacia el baño, el lugar con menor ventilación, quedando totalmente expuestos frente al humo. Las víctimas que sobrevivieron quedaron junto a las rejas de la puerta y pudieron respirar una mezcla de aire que probablemente hizo la diferencia con los fallecidos”, relató la jueza.
En opinión de esta, con todos los elementos de fácil combustión, en un ambiente cerrado y con hacinamiento, “es razonable pensar que la concentración de una mezcla de gases altamente tóxica surge con mucha rapidez”.
“La intoxicación limita la capacidad de respuesta de las víctimas y si la exposición continúa sobreviene la somnolencia , coma y muerte en pocos minutos”, concluyó.