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domingo, 30 de agosto de 2015

LA HUELGA DOCENTE Escribe: Hebert Gatto




No es mi propósito discutir las razones de conveniencia y oportunidad que llevaron al Poder Ejecutivo a decretar la esencialidad de los servicios de enseñanza. Lo hecho, hecho está y en este caso no admite retorno. Probablemente, de haber imperado más mesura, se hubiera diferido la medida. La prudencia, esa virtud que tanto destacaba Aristóteles, impone no encerrarse en atajos sin salida, particularmente cuando no se avizoran políticas para superarlos. No resulta útil mostrar el puño para luego esconder la mano.
Tampoco corresponde analizar la corrección jurídica de esta decisión. Sobre el tema existen dos enfoques: el restringido que sólo admite la declaración de esencialidad en la salud y en el mantenimiento del orden interno y uno más amplio que lo extiende a otros servicios como puede ser la educación definida como la formación, en sentido amplio, de los ciudadanos. Especialmente si la frecuencia de los paros y huelgas ponen en peligro la continuidad o la eficacia de tal cometido estatal. Asimismo es claro, contrariando lo que sostienen los sindicatos, que ninguno de los derechos constitucionalmente previstos resulta ilimitado, todos ellos coexisten con los restantes en un conjunto jurídico unitario que exige ser considerado en sus recíprocas relaciones. Esto implica que únicamente la ley y los fallos judiciales, aplicando la debida proporcionalidad entre los derechos en pugna, puede limitar su aplicación. De allí la existencia de la ponderación para resolver sus inevitables conflictos internos.
El tema presente es que en ejercicio de su competencia la educación fue considerada esencial por el Poder Ejecutivo y que esta decisión, desconociendo la autoridad del gobierno ha sido ignorada, tanto por la central sindical como por los sindicatos del ramo. El argumento para hacerlo apela a una razón que entienden decisiva: según ellos esta es ilegal no solamente por contrariar el orden interno de la República, sino por colidir con las normas de la Organización Internacional del Trabajo. Pero el argumento es doblemente falso. Primero, como dijimos, porque si bien la huelga es un derecho fundamental habrá que determinar en cada caso como ella se armoniza con los restantes derechos de igual o superior rango. Y segundo y fundamental, porque esa determinación de carácter netamente jurisdiccional, no puede ser efectuada por los gremios. En una democracia no es admisible que cada ciudadano o grupo califique por sí y ante sí, las leyes o los decretos y sólo cumpla aquellos que a su juicio resulten válidos; ello obviamente es competencia del poder judicial, que basado en su especialidad e independencia es el único calificado para hacerlo. Si los gremios consideran que el decreto de esencialidad es ilegal debieron primero acatarlo y simultáneamente impugnarlo mediante los instrumentos que el derecho patrio pone a su disposición. Recurrirlos o acudir al amparo judicial. Caso contrario cometen un delito.
Esto, absolutamente elemental, no puede ser ignorado por las gremiales docentes, mucho menos cuando la formación cívica de la ciudadanía es uno de los cometidos básicos de la educación. Y sabido es que se predica (y se enseña) con el ejemplo. No se sugiere con esto propiciar el autoritarismo o el ciego respeto a la autoridad. Únicamente se trata de la aplicación de normas básicas del estado de derecho.

"Si Uruguay no hace un puerto de aguas profundas, lo hace otro"





Para el exgerente general de la Administración Nacional de Puertos
en el período 2000-2005, Julio Cóppola, Uruguay no debe dar garantías
soberanas ni dar créditos. Lo adecuado es abrir paso a que promotores
privados consigan contratos de servicio para luego buscar financiación
en la banca internacional. En entrevista con El Observador, el experto
asegura que un puerto de aguas profundas en América del Sur es una
necesidad imperiosa que nace de la demanda mundial de servicios y que,
si Uruguay no lo construye en sus costas, otros como Brasil lo harán.
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Si Uruguay no hace un puerto de aguas profundas, lo hace otro | Administración Nacional de Puertos, Ahorro, Argentina, Brasil, Comercio, Créditos, Hidrovía, Mercados, Uruguay

Día definitorio para encaminar resolución de conflicto educativo










Gobierno espera que sindicatos adopten decisión de maestros


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Día definitorio para encaminar resolución de conflicto educativo | ademu, Ernesto Murro, Esencialidad

sábado, 29 de agosto de 2015

Gobierno ve señales positivas en resolución de maestros



 El ministro de Trabajo, Ernesto Murro, la consideró como "un paso en el camino de la solución"



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Gobierno ve señales positivas en resolución de maestros | Ernesto Murro, Esencialidad

Mucho más que un conflicto en la educación



A diferencia de Mujica, Vázquez no es de los que tiene una marcha atrás fácil y no le gusta nada perder.


Pero ahora está acorralado y no solo en la esencialidad con la
educación. Si no quiere perder la batalla de fondo, va a tener que
cambiar la estrategia y volver a ser el político encantador que logró
unir tiempo atrás a todo el Frente Amplio detrás de él.




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Mucho más que un conflicto en la educación | Educación, Esencialidad, Frente Amplio, Gobierno, Presidencia, Tabaré Vázquez