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lunes, 5 de diciembre de 2016

AUTOS EN LA ALDEA. Por Julio Dornel.





                                  Escritor y periodista Julio Dornel

El automovilismo fronterizo tiene que haber sido una de las grandes pasiones de los primeros vecinos del poblado, acostumbrados a los carros y diligencias que lucían su prestancia en las primeras décadas del siglo pasado.Los primeros autos eran lentos, torpes y pesados pero significaron la mayor satisfacción para quienes tuvieron el honor de pilotearlos o dar alguna vuelta por el rancherío levantando polvareda. De todas maneras eran muy pocos los vecinos que podían disfrutar de un paseo motorizado. Hace más de 70 años los pocos habitantes miraban asombrados el desplazamiento de los primeros automóviles por las calles polvorientas de la incipiente aldea. Recorrían los campos y las calles de tierra asustando perros y espantando caballos que en muchas oportunidades disparaban con los carros provocando verdadera conmoción entre la población que se refugiaba en los ranchos por temor a ser atropellados. No exageramos al decir que las primeras máquinas provocaban miedo y asombro entre los vecinos acostumbrados a la tranquilidad aldeana. Tan es así que un artículo periodístico de la época, ponía en duda la permanencia de estos aparatos argumentando que significaban un peligro para la población. Bastaba el ruido de los automóviles para que los niños se refugiaran en sus hogares ante el peligro que representaban estas máquinas que en algunas oportunidades sobrepasaban los 20 kilómetros por hora.Sobre las marcas que llegaron a la frontera en aquellos años podemos señalar los Alfa Romeo, Opel, Jaguar, Austin, Porsche, Lotus, Lancia, SIMCA, Gordini y otras marcas que han perdido su vigencia. Entre varios recordamos el Ford V8 de Don José Regal, el chevrolet  28 de Carlos Calabuig y el Ford T de “Bibí”. Pasaron algunos años y llegaron pequeñas unidades para el transporte de pasajeros hasta el balneario La Barra o llevar delegaciones de fútbol y excursiones hasta las poblaciones próximas. Entre estos, un camión Ford modelo 56 con toldo y un ómnibus chevrolet.       
  

DESDE SANTA TERESA A TODA LA REGIÓN ROCHA LANZÓ SU TEMPORADA TURÍSTICA AGUARDANDO UNA MAYOR PRESENCIA DE ARGENTINOS




El Este

Rocha, aguarda una temporada turística como la de antes, después de mucho tiempo, donde su opción incomparable de playas oceánicas la distinguen a nivel país. Sumará una mejora constante de los servicios de la Asociación de Guardavidas de Rocha, el dispositivo de wifi en sus principales playas y una atención especial sobre el tema de la seguridad.
Con estos dispositivos la cadena de balnearios desde el puente de Garzón hasta la Barra de Chuy en el extremo que limita el territorio uruguayo con el Brasil, Rocha ofrece múltiples opciones de fuerte atracción para uruguayos, argentinos y brasileños, más allá de la consabida presencia de turistas extraregionales que sobre esta fecha del año recorren el Cabo Polonio, Barra de Valizas, Santa Teresa y Punta del Diablo, entre otros destinos.
Se respira confianza y mesura por parte de autoridades, prestadores de servicios y diversos emprendedores a la búsqueda de una tabla de salvación a partir de la industria sin chimenea, cuya generación de posibilidades laborales con alta dinámica es una realidad en todo el este uruguayo.
La variable de la moneda en Argentina y el cambio de autoridades con Macri a la cabeza, nuevamente puso a tiro la costa esteño para el mercado emisor ubicado al otro lado del Río de La Plata. Y eso, lo saben los argentinos radicados en el departamento de Rocha y los operadores que ya perciben con sus respectivas agencias este nuevo escenario. Lo vivido en el invierno por parte del litoral uruguayo, básicamente en Salto y Paysandú con una invasión de argentinos comprando en aquella frontera de nuestro país, ahora se espera esa misma repercusión en todo el este de nuestro país.
Según las autoridades del turismo uruguayo Rocha recibe más de 150 mil turistas al año y en la temporada que ya está a la vista se ha puesto la mayor atención en la seguridad de las playas, provocando una mejora de servicios a partir de la capacitación de los recursos humanos, como así también en la calidad ambiental que tiene como opción intrínseca el territorio rochense.
La presentación tuvo lugar el pasado sábado en la Fortaleza de Santa Teresa, dentro del Parque Nacional de Santa Teresa acudiendo el viceministro de Turismo de Uruguay, Benjamín Liberoff, como así también las autoridades departamentales rochenses.
La actividad fue organizada a partir de las coordinaciones que lleva adelante la Corporación Rochense de Turismo, la Intendencia de Rocha y el Ministerio de Turismo de Uruguay.
Una salva de cañón a la que siguieron visitas guiadas por el Museo de la Fortaleza y degustaciones de platos típicos de la cocina de la región fueron parte de la jornada acompañada por un sol radiante.
¨Entre la tierra y el Mar, Rocha Te Espera¨ fue el leimotiv para la gran cobertura de importantes medios de prensa de Brasil y Argentina y de Uruguay.
La música en vivo estuvo presente durante el evento con la presencia de la banda de alumnos de la Escuela de Músicos del Instituto Militar de las Armas y Especialidades y del Coro Popular Departamental de Rocha que interpretó además el himno de Rocha.
Por su parte, el intendente Anibal Pereyra destacó la importancia tanto formal como emocional de realizar un lanzamiento de temporada. Hizo especial hincapié en el rol que cumplen los sectores privados y cada uno de los rochenses en cada rincón del departamento para promover a Rocha como destino turístico.”
En ese sentido la Intendencia de Rocha en conjunto con la Corporación Rochense de Turismo quienes conforman la (Organización de Gestión del Destino OGD) Rocha d​estacaron​ una fuerte inversión en infraestructura pública, profesionalización de los servicios, desarrollo de nuevos productos turísticos y un fuerte dispositivo especial de seguridad, el cual se trabaja desde la Jefatura de Policía de Rocha.
Se estimó, que en la temporada se espera en principio un 10 % más de turistas, auspiciados por el incremento de más del 11% en la pasada temporada y el flujo de reservas y solicitud de información que se tiene hasta el momento.
En los últimos meses, la inversión en infraestructura pública de la Intendencia de Rocha supera los 50 millones de pesos, a lo que se debe sumar el imprevisto de puesta a punto que sigue desarrollando en Aguas Dulces, luego de la sudestada registrada recientemente.



 

domingo, 4 de diciembre de 2016

Rocha busca conquistar al turista con naturaleza



http://www.espectador.com/

Autoridades nacionales y departamentales dieron el puntapié de inicio a la temporada en la Fortaleza de Santa Teresa.

Se espera superar la cifra del año pasado en más de un 10%.

El evento, que se realizó bajo el lema ¨Entre la tierra y el Mar, Rocha Te Espera¨ y contó con la cobertura de importantes medios de prensa de Brasil y Argentina y los principales medios de Uruguay.

El lanzamiento de la temporada reunió a operadores públicos y privados , todos juntos demostraron que aunando esfuerzos se logran mejores productos.

La música en vivo estuvo presente durante el evento con la presencia de la banda de alumnos de la Escuela de Músicos del Instituto Militar de las Armas y Especialidades y del Coro Popular Departamental de Rocha que interpretó además el himno de Rocha.

El intendente Anibal Pereyra destacó la importancia tanto formal como emocional de realizar un lanzamiento de temporada.

Hizo especial hincapié en el rol que cumplen los sectores privados y cada uno de los rochenses en cada rincón del departamento para promover a Rocha como destino turístico.”


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Rocha busca conquistar al turista con naturaleza

sábado, 3 de diciembre de 2016

Abierta inscripción a Becas para Educación Media



Abrió el período de inscripciones para las becas de apoyo económico dirigidas a estudiantes de Educación Media Pública

La Dirección de Educación del MEC, a través de la Oficina de Becas, abrió el período de inscripciones para las becas de apoyo económico dirigidas a estudiantes de Educación Media Pública en todo el país.

Las solicitudes se recepcionarán hasta el viernes el 31 de marzo inclusive en el formulario disponible en la web: educacion.mec.gub.uy/SolicitarBecas.

Podrán postularse los estudiantes que se inscriban para cursar en 2017, liceo, UTU o aulas comunitarias. Esta convocatoria cuenta además con un cupo especial para la población afrodescendiente, según lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 19.122.

La adjudicación de las becas está asociada a un rankeo de las condiciones socioeconómicas y educativas de cada uno de los aspirantes y su familia. De esta manera, se genera a partir del proceso de inscripción a la beca, un conjunto significativo de datos que caracterizan la situación de los postulantes en los 19 departamentos.

Finalizada la inscripción, se confeccionará un ordenamiento de las solicitudes y se asignaran los cupos entre los estudiantes. El año pasado se recibieron unas 50.000 postulaciones.

Se puede acceder a más información en los centros educativos, cada uno de los Centros MEC del departamento de Rocha o en la Oficina de Becas MEC.

Oficina de Becas MEC
Lunes a viernes de 8:30 a 16hs.
Sarandí 425 apto. 104
Tel.: 2915 8536 / 2914 8894
becasdeapoyoeconomico@mec.ub.uy

Procesaron con prisión a cinco líderes de la barrabrava de Peñarol


Diario La República

El juez Néstor Valetti hizo lugar al pedido del fiscal y procesó con prisión este sábado a cinco líderes de la barrabrava de Peñarol, cuatro de ellos por el delito de “asociación para delinquir” junto con el de “extorsión” y en un caso solo por el delito de “extorsión”.

Según informa el diario El Observador, citando fuentes del caso, dos de los procesados ya estaban en prisión por otros delitos. “Años atrás, la institución deportiva había celebrado un acuerdo con algunos de sus parciales que identificaba como “referentes” de las “barras bravas” por su ascendencia y liderazgo entre los integrantes de esos grupos de hinchas”, expresa el fiscal Gilberto Rodríguez en el pedido de procesamiento, según indica el matutino.

“El acuerdo consistía en que “los referentes” colaboraban en el control de las “barras bravas” para que no se produjeran disturbios en oportunidad de la celebración de partidos de fútbol, a cambio de lo cual, el club les entregaba dinero, entradas a los partidos y otras regalías”, agrega la solicitud del fiscal, que se conoció en la madrugada de este sábado.

“Con el paso del tiempo, los ‘referentes’ fueron ganando poder dentro de la hinchada y a raíz de ello, aumentaron sus exigencias hacia el club. Si la institución no satisfacía sus pedidos, los integrantes de las ‘barras bravas’ provocaban disturbios, hechos violentos e ilícitos que perjudicaban a Peñarol con la pérdida de puntos. Para evitar estos hechos y tener aplacadas a las barras,la institución cedía a las demandas de los ‘referentes'”, sostiene el fiscal.

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Procesaron con prisión a cinco líderes de la barrabrava de Peñarol - Diario La República

viernes, 2 de diciembre de 2016

“EL LEON DE CARMELO” “SOLO PERDIENDO SE APRENDE A GANAR” Por Julio Dornel.

                                   Julio Dornel, escritor, periodista

El 27 de septiembre de 1997, y cuando contaba 75 años de edad levantó su último embalaje para ganarle a la muerte por varios cuerpos y demostrarle que su espíritu deportivo continuaba más vigente que nunca. No podía perder, llevaba sobre sus espaldas varias vueltas ciclistas del Uruguay, Sudamericanos, Panamericanos y finalmente la consagración en Francia como Vice-Campeón Mundial de Persecución Individual.
 Nadie podrá negar que el ciclismo ha representado siempre al deporte del sacrificio, de la voluntad y del amor propio que se necesita para superar las dificultades. Por ese motivo queremos evocar hoy a uno de los nombres más representativos del ciclismo uruguayo: Atilio Francois, El León de Carmelo”. Pocos deportistas sufren la soledad del ciclista, la angustia ante el abandono que por distintas razones se pueden dar en una competencia. Es fácil recordar el desempeño de aquellos “héroes del camino” que anualmente se largaban a la ruta con la intención de escribir sus nombres en la Vuelta Ciclista. En aquellas tardes iníciales de Radio Chuy (1971) fuimos conociendo al deportista y al hombre que había tenido que competir con una bicicleta “que pesaba tanto como nosotros, con platos inmensos y asientos tan cómodos como una butaca”. Eran los tiempos del ciclismo heroico donde se consagraban solamente los buenos, con etapas que se largaban de madrugada para pedalear durante más de 6 horas vadeando arroyos, y abriendo porteras por caminos intransitables, pero manteniendo siempre la intención afiebrada de querer llegar entre los primeros. Entre tantos héroes que se quedaron en el mejor recuerdo del país, evocamos hoy al León de Carmelo” que lució con orgullo la medalla de su modestia por los caminos también “intransitables de la vida”.
Su llegada a Chuy. A partir del año 1971 los principales acontecimientos registrados en la frontera y en el mundo encontraron un nuevo medio para hacerlos llegar a los hogares fronterizos.  El 17 de octubre de ese año se había inaugurado C. V. 148 Radio CHUY, mediante el esfuerzo y el sacrificio de Atilio Francois, Ariel Piño y Ulises Lovezio que no siendo de Chuy ninguno de ellos nos dieron la oportunidad de contar con la primera emisora radial que tuvo nuestra ciudad. Durante cuarto siglo don Atilio acompañó la evolución de esta frontera, palpitando junto a sus problemas y recogiendo sus inquietudes para que las aspiraciones populares se transformaran en realidades.
Como deportista marcó una época en el ciclismo uruguayo donde cumplió un ciclo inigualado dentro y fuera de fronteras. Dominador de todas las rutas de América conquistó importantes triunfos en Chile, Argentina y Europa al margen de las Mil Millas Orientales y varias Vueltas del Uruguay. Para cerrar este modesto tributo queremos ofrecer algunos pasajes de un reportaje realizado en aquella oportunidad donde y donde podemos aquilatar que el HOMBRE fue más grande que el deportista: “queremos señalar que solamente a base de lucha, sacrificios, sufrimientos y mucha voluntad se puede llegar finalmente a un puesto de relevancia. Es necesario renunciar a muchas cosas para llegar en forma a una competencia deportiva. Por suerte perdí muchas competencias en mis comienzos, lo que me enseñó que aprendiendo a perder me permitía ir aprendiendo a ganar. Estas son algunas de las grandes cosas que me dejó el deporte y me gustaría que los jóvenes lo tuvieran en cuenta. Quienes practiquen cualquier actividad sin quererla, sin sufrirla, y sin amarla, difícilmente podrán llegar muy lejos. Los rivales los vamos encontrando en todas las etapas de la vida pero la felicidad consiste precisamente en saber vencerlas. Para triunfar en el deporte hay que querer mucho lo que se hace, hay que sentirlo hay que vibrarlo, hay que estar dispuesto al sacrificio.”

jueves, 1 de diciembre de 2016

FACUNDO TERRA, DIRECTOR DE INAU ROCHA. “TENEMOS QUE INTERPELARNOS COMO SOCIEDAD PARA PROTEGER ENTRE TODOS LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES”.





Escribe Juan José Pereyra Twitter@juano500

AUDIO AL FINAL DE LA NOTA
SE PUEDE DESCARGAR


Facundo Terra es un maestro especializado en género. Desde hace dos meses es el Director del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU) en Rocha.
El jerarca participó en “Hay otra historia”, el programa que se emite martes y jueves por Radio Fortaleza.
Terra explicó cómo trabaja la institución para ser “garante de la protección de los derechos de niños y adolescentes”.
Apuntó a realizar una radiografía de la situación de vulnerabilidad, carencia y violencia que viven muchísmos niños y adolescentes en el Departamento de Rocha.
¿Cuáles son los servicios oficiales de la institución y cuáles los convenios como por ejemplo, los centros CAIF?
“Desgraciadamente a muchos niños se le retiró la mano y estamos intentando que la recuperen para que puedan salir adelante.
Tenemos que interpelarnos como sociedad por la carencia enorme desde hace muchos años en cuanto a valores y al aumento de violencia dentro de la familia . Muchas veces la violencia más grande de la sociedad está puertas para adentro”.
“En las situaciones de violencia son tan víctimas los niños que están en el entorno como la víctima directa”.
“Hay un aumento de violencia en la familia a nivel nacional .Estoy mucho más preocupado por lo que pasan algunos niños viviendo en familia que adentro de nuestros hogares”.
“Muchas veces está en el imaginario popular que es el INAU el que no está haciendo lo suficiente pero falta lo intermedio , que no se llegó porque no se denunció en el lugar donde debería hacerse que es el que está en contacto directo con los niños . El compromiso deber ser de todos los organismos que trabajan con la niñez y la adolescencia y de toda la sociedad” .

Último tango en París. la famosa escena de la manteca fue un abuso sexual real,no actuado. Nadie escuchó gritar a María Schneider








  

PARA LA NACION

Durante una entrevista para Playboy, en 2013 el director italiano Bernardo Bertolucci reconoció que la célebre escena de la manteca de Ultimo tango en París (1972) fue un perverso abuso sexual. Lo veo, lo escucho decir cómo planificaron en secreto con Marlon Brando la escena entre él y María Schneider, que entonces tenía 19 años, porque Bertolucci quería gritos reales y no quería "que María actuara su rabia y su humillación, sino que las sintiera" y no puedo concebirlo. Menos aún puedo escucharlo decir que, aunque se siente culpable, no se arrepiente porque para hacer películas "a veces hay que ser completamente frío" y algún bla bla bla acerca del arte. Busco y encuentro declaraciones de Schneider del año 2007 que confirman que la escena no estaba en el guión original. Que la sodomización y el recurso de la manteca la hicieron sentir humillada y que se sintió violada por Brando, aunque según ella no hubo penetración y a esta altura no sé si es lo más relevante. Era casi una nena, era su primera película. Murió en 2011 de cáncer, luego de una vida atravesada por las drogas, internaciones psiquiátricas y al menos un intento de suicidio. Bertolucci dice en aquella misma entrevista que por haberla engañado así, ella los odió toda la vida. Yo empiezo a odiarlos hoy.

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Nadie escuchó gritar a María Schneider - 28.11.2016 - LA NACION

HOMENAJE A LA GRAN ACTRIZ DAHD SFEIR Por Eduardo González.


EL domingo 4 de diciembre el Teatro 25 de Mayo a la hora 17 se viste de gala para recibir el espíritu extraordinario de la actriz uruguaya Dahd Sfeir, en un homenaje con profunda emoción por parte de la sociedad de Rocha, puesto que supo regalar talento, generosidad y un aporte fundamental en el momento que se la necesitaba.
El espíritu de "Ducho" ha sido realizado con una constancia enorme a través de toda la vida. Ha dicho un crítico español, que Ducho, formaba el grupo de las seis mejores actrices del mundo. Por eso, y por mucho más, hoy los rochenses le hacemos un homenaje para agradecerle todo lo que nos dio durante los años 2001 al 2007, indicó, la profesora, Juana Alba Machado Saralegui, en su diálogo con El Este.
"Estando el Teatro en un estado crítico en cuanto a su deterioro, solicitamos a la actriz para que viniera a trabajar gratis a Rocha por parte del Grupo Amigos del Teatro, quienes estábamos con la responsabilidad de atender la situación, pero sin rubro alguno", indicó nuestra entrevistada, quien inmediatamente recordó su compañero de tareas, Juan Ángel "Pocho" Feóla.
Ducho, ante la solicitud del Grupo de Amigos del Teatro de Rocha, dijo: voy a Rocha todas las veces que quieran, porque trabajar por un Teatro, es lo mismo que aportar para un liceo, una universidad, una escuela o una biblioteca.
"La respuesta nos resuena en los oídos hasta ahora, gracias Ducho por tu humanidad y el querer que todos los hombres sean felices", expresó.
"Gracias, Ducho, por esas obras maravillosas que nos regalaste en el Teatro 25 de Mayo colmado de público al grito de bravo Ducho...Invitamos al público rochense, al que tanto ella quiso, a participar de un homenaje maravillosa", culminó diciendo una luchadora incansable de la educación.

EL EDIL JOSÉ LUIS MOLINA (AN) PLANTEÓ SOLUCIÓN PARA FAENA DE CERDOS A PEQUEÑA ESCALA




El Este


    La propuesta del líder rochense de Alianza Nacional que fue apoyada por la mayoría del cuerpo deliberativo departamental, consiste en la adquisición, por parte de la comuna, de un frigorífico móvil.
 Haciendo uso de la palabra en el seno de la Junta Departamental, Molina hizo referencia a la necesidad de pequeños productores porcinos, en especial del norte departamental en cuanto a la faena de suinos.
  Tras destacar que su planteo es producto de la recolección “de propuestas de los vecinos” que visita periódicamente en todo el territorio departamental, señaló que son muchas las familias, fundamentalmente  del norte del departamento que procuran su sustento “criando siete, ocho o nueve madres para generar la producción y se encuentran con el problema que no hay donde faenarlos”.
  “Creo que tenemos al alcance de la mano la solución a la situación para estos pequeños productores”, además de generar fuentes de trabajo en momentos de dificultades como el que vivimos, sostuvo Molina, al tiempo de señalar que también puede poner fin a la faena clandestina.
   Dijo el curul nacionalista que “el INAC presentó el primer móvil que permitirá realizar la faena de cerdos”.
 Este matadero presentado ya en exposición agropecuaria de El Parado representa una inversión de 200 mil dólares. Cuenta con un generador que le permite trabajar en lugares que no tengan energía eléctrica y puede procesar hasta cincuenta animales por día.


  Dando cuenta de las características del proyecto que, dijo José Luis Molina, fue desarrollado por INAC y una metalúrgica nacional a un costo de unos 200 mil dólares, el edil nacionalista sostuvo que “no es un costo alto para lo que significa para la producción” del departamento donde, recordó “alguna industria ha tenido que cerrar porque los costos son demasiado altos” con relación a la faena ya que hay que transportar los animales a Minas, o algún otro lugar para realizar la tarea.
  En su intervención José Luis Molina invitó a todos a “hincarle el diente al tema”
  Finalmente solicitó que sus palabras pasen al Intendente del departamental, INAC y a la Comisión de Producción de la Junta Departamental y pidió el payo del cuerpo para continuar trabajando el tema.

miércoles, 30 de noviembre de 2016

JOSÉ CARLOS CARDOSO ANUNCIÓ QUE PUEDE POSTULARSE NUEVAMENTE A LA INTENDENCIA DE ROCHA


El legislador fue entrevistado durante una hora este 30 de noviembre  en el programa Perspectiva Real de VTV que conduce el periodista Guillermo Enríquez .
Es la primera vez que Cardoso está presente en la televisión luego del grave accidente que sufrió hace un año. Anunció que el año próximo recorrerá Uruguay encabezando su sector Más País.
José Carlos Cardoso dijo que la intendencia de Rocha está en su agenda política. En medios políticos locales y nacionales se especuló en estos meses, desde su accidente, con su alejamiento de la política activa y en particular en Rocha donde lidera el sector mayoritario del Partido Nacional.

¿Quién es Duque, el perro que se salvó de la garrafa de 13 kilos?


http://www.elobservador.com.uy

Duque, el pastor alemán de la Guardia Republicana al que le cayó una garrafa de 13 kilos el pasado domingo durante el operativo clásico, es uno de los 52 perros que trabajan para la fuerza en la actualidad.

En los últimos días el can se hizo conocido a través de las redes sociales tras ser herido durante el operativo de seguridad que desplegó el Ministerio del Interior para el clásico entre Nacional y Peñarol, que se terminó suspendiendo debido a los disturbios.

El perro tuvo una lesión en el omóplato izquierdo a raíz de una garrafa que cayó desde la Tribuna Ámsterdam y que también hirió al oficial que lo llevaba. El oficial, que tuvo un traumatismo de hombro por el golpe de la garrafa, recibió el alta médica según informó la Unidad de Comunicación del Ministerio del Interior.


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¿Quién es Duque, el perro que se salvó de la garrafa de 13 kilos? | Guardia Republicana, Ministerio del Interior, Perro

El INEEd presentó Aristas, la Evaluación Nacional de Logros Educativos



El martes 30 de noviembre el Instituto Nacional de Evaluación Educativa (INEEd) presentó Aristas, la Evaluación Nacional de Logros Educativos, que brindará información sobre los desempeños de los estudiantes de primaria y media en lectura y matemática. También apuntará a conocer las habilidades socioemocionales de los alumnos y sus opiniones sobre el clima escolar, la convivencia y la participación en los centros.

En el evento, el integrante de la Comisión Directiva del INEEd Marcelo Ubal, hizo hincapié en que con Aristas se busca generar un encuentro con los alumnos y el colectivo docente para que la evaluación sea vista como un componente fundamental para la mejora de los aprendizajes. Por su parte, Mariano Palamidessi, director ejecutivo del Instituto, dijo que Aristas no pretende dar una mirada única de la realidad, sino que producirá información útil para promover el diálogo y la mejora.

La presentación de la prueba estuvo a cargo de Carmen Haretche, directora del Área Técnica del INEEd, quien explicó que se trata de una evaluación nacional de logros del sistema educativo que se aplicará a una muestra representativa de estudiantes de tercero y sexto grado de primaria, y de tercero de media de centros educativos públicos y privados de zonas urbanas y rurales de todo el país.

Aristas analizará lectura, matemática, habilidades socioemocionales, factores socioeconómicos, oportunidades de aprendizaje, prácticas de enseñanza, y convivencia y participación. Para esto, además de los desempeños de los alumnos, se recogerán las opiniones de docentes, directores y familias.

La directora del Área del INEEd hizo especial hincapié en que la evaluación se apoyará en los perfiles de egreso que está desarrollando la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP). Esto es una diferencia con las evaluaciones nacionales que se han aplicado hasta ahora, que carecían de esta referencia.

Entre el 31 de octubre y el 19 de noviembre de este año se desarrolló la aplicación del piloto de Aristas. Esta etapa se realizó para ajustar los instrumentos de recolección de información (cuestionarios y pruebas) de acuerdo a las respuestas específicas de los actores involucrados. Como es una etapa de validación, no es posible publicar resultados, ya que serían inadecuados. En 2017 se efectuará la aplicación en primaria y en 2018 se divulgarán los datos. Además, en 2017 se realizará también la evaluación piloto entre estudiantes de tercero de media. En este caso, la aplicación definitiva será en 2018.

Haretche señaló que Aristas busca evaluar al sistema educativo en su conjunto y que no pretende ni puede sustituir las pruebas que los docentes realizan de sus alumnos. Tampoco procura evaluar a los educadores, a los centros educativos ni a los estudiantes a nivel individual. No se construirán rankings de centros y todas las respuestas serán confidenciales.

La información que brindará la Evaluación Nacional de Logros Educativos aportará evidencias válidas al debate educativo y será un insumo útil para el diseño de las futuras políticas educativas del país, resumió Haretche.   

HIPOCRESÍA DE UNA SOCIEDAD ESTADO QUE NO DA POSIBILIDADES Y SE ENMASCARA EN AQUELLO LLAMADO INCLUSIÓN…..Edil Emilio Rotondaro


Es así que escribí este artículo en primera y segunda  persona, por algo que nos sucedió esta vez con un conocido, con el seudónimo del Patón  aquí en Rocha….

Con el hablamos largo, contándome su historia y por lo último que había pasado, historia de vida, fuerte, castigada, como la de muchos muchachos que quedan perdidos, y fuera de un sistema social que cada vez los excluye más….
“Me volví caminando del COMCAR, negro, porque quería venir a mi Rocha… después de haber estado 8 años pagando una condena que estuvo bien que me enrejaran, caí y está bien…pero la pagué sabés…”
“Después de haberme movido con alguna Institución de Gobierno local , los cuales me ayudaron a sacar la cédula y poder comer en un comedor al medio día, tenía que ver cómo me ganaba el peso…sin tener ni querer reincidir, porque viste que acá no hay mucho laburo, y tener antecedentes te condena…”
“Me fui a hacer el mango al basurero, porque allá, se está quedando un amigo mío que acampa… y saca su jornal también… cuando llegué allá caminando porque no tengo bicicleta y fui más de una vez a ver si me podía colar , me encontré con un patovica que en vez de cuidador parece un  sorete más… que sin dejarme hablar cuando le dije que quería entrar a hurgar y hacer la guita para poder mantenerme , llamó a la policía…y con ella me sacaron más de tres veces de allí, yo me preguntaba que joda había, porque a mi amigo sí lo dejan entrar es más …está allá…y no te doy el nombre pa no quemarlo estará arreglado bajo cuerda, para mí que hay joda ahí negro, sabés…”
Fue en ese entonces que compartí el problema con compañeras edilas, las cuales comenzaron a moverse y fue así que una de ellas se puso en contacto con la Dirección de Higiene, para solicitarle un permiso de ingreso al vertedero, en el cual como ya es de saber la respuesta fue negativa…dejando entrever alguna posibilidad de que se uniera a un equipo de hurgadores , sí digo hurgadores…porque recicladores no lo son ni clasificadores porque tampoco lo son…que cobran mensualmente un diezmo comparado con lo que podría sacar del vertedero diariamente, para ser más claro …este muchacho podría por día sacar en el vertedero alrededor de un tercio del lo que la pagarían por mes,  además del contacto diario social,  que por otros problemas sin duda que no quería tenerlo…trabajos de tercera o cuarta calidad… donde a veces por el historial de la persona y según el caso la sensación y o el sentimiento de marginalidad es mayor… que estar solo en un vertedero hurgando para hacer el jornal.
“Negro, me quiero rescatar… pero parece que no me dejan y no quieren,…”
Me hizo acordar al tema de: (Agárrate Catalina,  La violencia)…recomiendo que lo escuchen…
Es así que como dijimos anteriormente es una historia de vida que se repite en muchos de nuestros muchachos de nuestro País, de nuestro Departamento.
Y  es así que pensar que un ser humano que trata de re construirse tenga que terminar en un vertedero porque no consigue posibilidades de reinserción, el Gobierno se justificará como cuando mucha gente  va a la iglesia a golpearse el pecho y pedir perdón diciendo que bueno por lo menos tiene un plato de comida?????
El mismo sistema es el que condena, las Instituciones de inclusión social no tienen respuestas a esta problemática, y es así que como ser humano en lo personal quedé sin respuesta…Es aquí donde las cifras hablan y nos dicen que alrededor de más del 60 % de los presos son reincidentes, el tema de nuestras cárceles y sistemas penitenciarios no tienen respuesta, el Parlamento no ha tomado cartas en el asunto como realmente se debería tomar generando preocupación y compromiso real, reestructurando el sistema penitenciario, es uno de los temas y otros tantos  el sistema político hace más que agua.  

EL FÚTBOL Y SUS TRAGEDIAS. Por Julio Dornel.


                              Julio Dornel, escritor, periodista

Mientras continúan los homenajes tributados a los jugadores del CHAPECOENSE que perdieron la vida en el fatídico vuelo, los medios del mundo van recurriendo a sus archivos, tratando de encontrar situaciones similares. Una vez más fueron los jugadores los grandes protagonistas, al dejar para siempre entre los restos del avión siniestrado, historias personales y sueños colectivos de un grupo de atletas juveniles que viajaban en busca de la consagración. Algo similar le sucedió al equipo del TORINO de Italia, cuando el 4 de mayo de 1949 regresaba tras disputar un amistoso con el Benfica de Portugal. Era en aquellos años el mejor equipo, contando en su formación con la presencia de quien fuera uno de los mejores atacantes del futbol mundial: Valentino Mazzola. Ningún jugador sobrevivió al trágico accidente, señalando que el Torino nunca más pudo recuperarse, privándole a la selección italiana un buen desempeño en el mundial realizado en Brasil en 1950, que ganara finalmente nuestro país. Cabe señalar que 11 jugadores del Torino integraban la selección italiana, que disputaría el mundial, quitándole la posibilidad de alcanzar una buena posición en el evento.

martes, 29 de noviembre de 2016

Selección Mayor de Rocha LOS TÉCNICOS PRESENTARON UNA LISTA DE 30 JUGADORES

                                               Rodrigo Méndez


Rodrigo Méndez

El Este
En la víspera, Gustavo Machado y Leonardo Abreu dieron a conocer la nomina de futbolistas convocados para integrar el combinado mayor que estará participando en la 14ª Copa Nacional de Selecciones a partir del próximo 14 de enero. En la lista de 30 están representados todos los equipos que actualmente se encuentran participando del Campeonato de la Divisional A de la Liga Rochense de Fútbol, que culminará el próximo fin de semana, con sorpresas como la presencia del joven Rodrigo Méndez. Entre los ausentes se destaca lo de Nicolás Medina, Gonzalo Figueroa, Hernán Molina, Duglas Lima, y Diego Casamán, todos por diferentes motivos. Como ha sucedido en los últimos años, van a estar los que quieren estar, y en esta oportunidad hay jugadores para conformar una selección con aspiraciones, aunque todo dependerá del trabajo que se realice en lo previo, y durante el propio campeonato. Los técnicos, Gustavo Machado y Leonardo Abreu estarán acompañados por el profesor Antonio Loza, y seguramente esperarán al final de la temporada domestica, que está a la vuelta de la esquina, para comenzar los entrenamientos de cara a la próxima edición de la Copa Nacional de Selecciones.
Convocados
Adrián Díaz (Palermo)
Matías Olivera (Palermo)
Martín Barrios (Palermo)
Daniel Rodríguez (Palermo)
Martín Larrosa (Palermo)
Enzo Pertusso (Palermo)
César Ceballos (Palermo)
Héctor Acosta (Palermo)
Pablo Caballero (Lavalleja)
Juan Acosta (Lavalleja)
Nicolás González (Lavalleja)
Gastón Garaza (Lavalleja)
Marcelo Techera (Lavalleja)
Shonnathan Velázquez (Tabaré)
Cristofer Santos (Tabaré)
Diego Silva (Tabaré)
Matías Gómez (Tabaré)
Oscar Lemos (Nacional)
Leonardo Olivera (Nacional)
Rodrigo Méndez (Nacional)
Christian Méndez (River PLate)
Roberto Ramos (River Plate)
Nicolás Caballero (River Plate)
Marcelo Barboza (River Plate)
Matías Abreu (Plaza Congreso)
Matías Méndez (Plaza Congreso)
Matías Pereyra (Plaza Congreso)
Jacobo Gómez (Plaza Congreso)
Christopher Larrosa (Plaza Congreso)
Pablo Pertusso (Plaza Congreso)

LOS “DRONES” ESTÁN LLEGANDO. Por Julio Dornel.


                                 Julio Dornel, escritor, periodista

Haciendo gala de alta tecnología y requeridos por distintos sectores de la sociedad, han “aterrizado” en esta ciudad los primeros drones, acaparando la atención de sus habitantes. Se trata de un pequeño aparato electrónico que cuenta con una cámara para tomar fotos y videos a considerable altura, con la estabilidad necesaria para captar imágenes sin mayores inconvenientes.  Para Mauricio Viojo Jlakin editor de varios programas televisivos,  de eventos sociales y culturales es el “piloto” de estas naves sin tripulación, señala que los drones representan un excelente complemento para los espectáculos musicales, aniversarios, festivales y tareas en el ámbito agropecuario y turístico del departamento. “Las tomas aéreas que captan estos aparatos en tiempo real, están demostrando la existencia de una serie de componentes electrónicos activando una programación especial con una computadora de vuelo de código abierto. Se trata de pequeños vehículos no tripulados, con autonomía propia y que son utilizados hace muchos años en los conflictos militares entre varios países del mundo. Los drones son dirigidos mediante control remoto y pese a que su presencia ha llamado la atención de los curiosos, hace casi un siglo que son  utilizados en los conflictos armados para recoger información certera sobre los movimientos militares. Entre los fines pacíficos que han motivado su presencia en esta frontera está el entretenimiento de los jóvenes, el control de los incendios, vigilancia en los centros comerciales y áreas de peligro. Señaló Viojo que en la actualidad ha realizado varios eventos sociales, y un aporte promocional del sector inmobiliario y turístico del departamento, utilizando estos aparatos. Por lo expuesto es evidente que los drones vinieron para quedarse, marcando presencia en otras actividades, recibiendo además  el complemento de nuevas tecnologías. De todas maneras las redes sociales vienen ofreciendo abundante material sobre el uso positivo- negativo de estos inofensivos aparatos que durante los últimos meses vienen surcando el espacio fronterizo. No tenemos ninguna duda de que la privacidad será violada y los drones se convertirán en el enemigo público número uno al grito de:
!! ENTREGATE “MINCHO” QUE ESTAS RODEAU!!!

SANDRA LAZO, VICEPRESIDENTA DEL FA. “EL FRENTE AMPLIO ES EL ESPEJO EN EL QUE SE MIRA PARTE DE LA IZQUIERDA LATINOAMERICANA”. “CUANDO SE RASCAN, MUCHAS DE LAS INDIGNACIONES TERMINAN PASANDO A LA DERECHA”.





Escribe Juan José Pereyra Twitter@juano500

AUDIO AL FINAL DE LA NOTA
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La vicepresidenta del Frente Amplio, entrevistada en “Hay otra historia”, el programa de Radio Fortaleza,respondió a todas las preguntas sobre el congreso del Frente Amplio realizado el pasado fin de semana y sobre la realidad nacional y regional.
Habló de la reforma constitucional que estudia su fuerza política en el VIcongreso , denominado Rodney Arismendi que pasó a cuarto intermedio, así como de cuáles son los principios y valores que definen el “ser frenteamplista”.
También habló de los llamados “desencantados” o “indignados” del Frente Amplio y coincidió con Javier Miranda, presidente del FA, este fin de semana que afirmó: “Es muy cómodo quedarse en la vereda de la indignación”.
Lazo, al responer preguntas sobre esos militantes que expresan su disconformidad expresó:

“Cuando algunos cuestionamientos que vienen desde esa masa de indignación son válidos nos sentamos, conversamos y muchas veces terminamos trabajando juntos. También he visto que muchas de esas indignaciones, cuando se rascan. terminan coincidiendo con un proyecto de derecha. Eso le hemos visto también en Rocha”.

Brasileños en malos pasos CINCO CIUDADANOS PROCESADOS CON PRISIÓN EN OPERATIVO ANTIDROGAS EN ROCHA



El Este


Un operativo policial coordinado permitió llevar a la justicia a cinco ciudadanos, quienes luego fueron procesados con prisión por delitos relacionados a la droga y a un copamiento. Se incautaron más de 2 kilos de marihuana.

De acuerdo a lo informado, se tuvo conocimiento que en la denominada Zona II “La Paloma”,  en un complejo de cabañas ubicada en la zona de Anaconda, área de jurisdicción de Prefectura Nacional Naval, dos personas habían sido privadas de libertad y amenazadas.
Concurrió al lugar personal de la  Seccional 11,  ubicando a dos hombres mayores de edad, los que expresaron que habían concurrido para efectuar un negocio. En determinado momento, según lo informado, se presentaron tres ciudadanos de nacionalidad brasileña, amenazándolos y dejándolos atados, se agregó.
Mientras tanto, el personal policial realizó diversas comunicaciones a nivel departamental en procura de dar con el paradero de los autores del copamiento.
Momentos después, mientras personal de Seccional 5ta. Chuy realizaba recorridas, fue observado e identificado el vehículo requerido, circulando por la ruta nacional N° 9, procediéndose de inmediato a la persecución y detención del mismo.
Se trataba de un vehículo Changhe Ideal II, y en el interior del rodado viajaban tres personas de sexo masculino, de nacionalidad brasileña, encontrándose en el vehículo de mención un arma de fuego, municiones, y acondicionados en la valija, 10 bolsas conteniendo cogollos de marihuana, con un peso de 2005 gramos, así como una balanza de precisión.
Enterada la Justicia de Chuy, dispuso relevamiento por parte de Policía Científica; asumiendo el procedimiento el Área Investigaciones de Zona I, dando intervención, además, a la Brigada Departamental de Drogas. 
En el transcurso de las actuaciones, se pudo establecer que el incidente se había dado en el marco de una negociación por estupefacientes, disponiendo la Justicia luego de las instancias respectivas, el procesamiento con prisión de R.M.E.C., imputado de “un delito de ofrecimiento en venta y negociación de sustancias prohibidas en calidad de autor conforme a lo dispuesto en el Art.31 de Dec. Ley 14294”.
El procesamiento con prisión de Alvaro Diego Nocetti Pazos, poseedor de antecedentes penales, imputado de “un delito de suministro de sustancias estupefacientes, Art.34 de Dec. Ley 14294”, el procesamiento con prisión de H.G.H., imputado de “un delito de tenencia no para consumo y transporte de sustancias estupefacientes en reiteración real con un delito de copamiento y un delito de lesiones personales en reiteración real”.
El  procesamiento con prisión de A.T.O., imputado de “un delito de tenencia no para consumo y transporte de sustancias estupefacientes en reiteración real con un delito de copamiento y un delito de lesiones personales en reiteración real”, el procesamiento con prisión de E.O.D.B., imputado de “un delito de tenencia no para consumo y transporte de sustancias estupefacientes en reiteración real con un delito de copamiento y un delito de lesiones personales en reiteración real”.

Zona III - “Área Investigaciones Chuy”

En el marco de las tareas propias de prevención y represión del tráfico de estupefacientes, se obtuvo información respecto a que en una vivienda se estaría comercializando marihuana. Se realizó una discreta vigilancia en la misma, y posteriormente fueron detenidas en las inmediaciones varias personas, las que portaban pequeñas cantidad de droga, adquiridas en el lugar de referencia.
Posteriormente, con anuencia de la Justicia competente, se procedió a efectuar una inspección domiciliaria, donde se incautaron ocho plantas de marihuana y varios envoltorios conteniendo la misma sustancia, totalizando un peso de 18 gramos, además de dinero en efectivo y otros efectos. Enterada de todo lo actuado la Justicia competente, dispuso luego de las instancias respectivas, el procesamiento con prisión de Brenda Raquel Muniz Martínez, poseedora de antecedentes penales, y de S.N.L.M., imputados de “Un delito de suministro de estupefacientes”, así como el cese de detención del restante.

ESPACIO ROCHA :LA BÚSQUEDA DE LA RENOVACIÓN Y EL CAMBIO. ESCRIBE MATEO GARCÍA.



El jueves 24 de noviembre, emprendimos viaje desde Montevideo hasta nuestro departamento de Rocha junto a Mauro Lorenzo y los diputados colorados de Espacio Abierto Tabaré Viera y Conrado Rodríguez y, ya en la ciudad, nos encontramos con el dirigente local Milton Lazo, para poder difundir nuestra Agrupación e ideas a los medios locales, y además, poder juntarnos con la gente, compañeros y amigos, visitarlos para poder preguntarles por sus preocupaciones, pensamientos sobre la actualidad, ideas, críticas, etc, siempre para hablar de forma directa y abierta.
Recorrimos varios medios como radios, canales de televisión y encuentros particulares con periodistas de la localidad. Recorrimos los diferentes barrios de la ciudad de Rocha y entre mates pudimos conversar y escuchar a todos.
Esto nos permitió encontrar puntos en común, preocupaciones generales, como las de inseguridad creciente, el aumento de impuestos y tarifas, la Salud Pública que no cumple con todas las garantías, el déficit de los entes como ANCAP, OSE, UTE, etc. Esto le permitió a los diputados mostrarles sus proyectos para combatir dichas preocupaciones y cómo dentro del parlamento estaban trabajando constantemente para solucionar estos casos.
El otro punto en común fue el de CAMBIAR, el de RENOVAR, mostrar figuras nuevas dentro del ámbito Nacional y local, una figura que se mueva desde ya por todo el país, y una figura local que recorra el departamento y genere ese contacto con la gente, sin menospreciar a los otros, para abrir la oferta y la cancha, pero que no se deje de mover.
“Tiene que haber una pata fuerte, vigorosa, mayoritaria, de perfil bien batllista .En eso de generar los espacios estamos”, manifestó el diputado Viera, y es lo que escuchamos constantemente.
“Somos batllistas, creemos en el Estado, no el Estado dueño de vidas y haciendas pero sí garante, conductor, el que promueve con políticas de desarrollo, eficaz, que no sea meramente asistencialista”.
Al finalizar el día, nos juntamos con vecinos, discutimos los diferentes temas y quedamos dispuestos a seguir trabajando para lograr este cambio. Espacio Abierto ya está en todo el país, Espacio Rocha ya tiene su gente, ya es una realidad, vamos a seguir trabajando en nuestros proyectos e ideas, para sumar, para escuchar, para plantear y para lucharla juntos para lograr nuestros objetivos, siempre abiertos al diálogo.


lunes, 28 de noviembre de 2016

Federico Arregui: Nos vamos del vetusto Frente Amplio -- uy.press


"Quédense, en fin, con sus Egos inflados y sus Vanidades, que se los han devorado casi a todos. Ya el pueblo, en elecciones libres y democráticas dará su veredicto. Nosotros, quédense tranquilos, no estaremos con la Derecha porque somos de Izquierda. Y a eso, a eso tampoco se lo regalamos.

¡ Arriba los que luchan ! junto a la gente, para la gente y con la gente.

Hasta pronto. Hasta siempre".



Dr. Federico  Arregui




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Federico Arregui -- uy.press / Agencia uruguaya de noticias

Presidente Vázquez denunció una "asonada" con "barras de Argentina" en el clásico


"De aquí en más se terminó la situación que estamos viviendo", dijo el presidente. "Si hay un delincuente y la Policía lo tiene que sacar del forro lo va a sacar del forro", puntualizó


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Vázquez denunció una "asonada" con "barras de Argentina" en el clásico | Noticias Uruguay y el Mundo actualizadas - Diario EL PAIS Uruguay

Diputado Iván Posada presentó proyecto de Ley para regular derecho de admisión





El proyecto tiene como objetivo establecer un reconocimiento legal a los derechos de admisión y permanencia que otorgue certeza a los organizadores de los espectáculos públicos, respecto a la regulación y alcance de los mismos. Pero también, determinar el rol de auxilio y apoyo que debe cumplir la policía nacional para que estos derechos puedan ser efectivamente ejercidos. 
En su exposición de motivos se expresa que “resulta particularmente relevante el rol que debe tener preceptivamente la policía nacional para que en espectáculos de concurrencia masiva, pueda ejercerse el derecho de admisión.
El primer inciso del artículo 1° del proyecto reconoce el derecho de admisión como la facultad que tienen las personas físicas o jurídicas organizadores de los espectáculos públicos, de establecer las condiciones de acceso al recinto donde se desarrolla el espectáculo público (…)
El objetivo fundamental del ejercicio de este derecho de admisión es que los organizadores puedan impedir el acceso a personas, que a vía de ejemplo, tengan antecedentes de haber participado en hechos violentos dentro o fuera del recinto donde se desarrolla el espectáculo, haber cometido delitos o faltas que tengan directa relación  con la naturaleza del espectáculo, haber incurrido en molestias a otros espectadores o que hayan alterado el normal desarrollo del espectáculo.
Finalmente, el último inciso de este primer artículo determina que los organizadores de los espectáculos puedan contar con apoyo y auxilio de la Policía Nacional, para ejercer el derecho de admisión, al tiempo que se establece la participación preceptiva de la policía en espectáculos de concurrencia masiva de personas, en las condiciones que establezca la reglamentación del Poder Ejecutivo”

PROYECTO DE LEY

DERECHO DE ADMISIÓN Y PERMANENCIA
Regulación en Espectáculos Públicos


Artículo 1°.  (Derecho de admisión).-   Las personas físicas o jurídicas organizadoras de los espectáculos públicos de índole artística, recreativa, social, cultural, deportiva o de cualquier otra naturaleza, podrán ejercer el derecho de admisión. Se entiende por derecho de admisión, la facultad de determinar las condiciones de acceso al recinto donde se desarrolla el espectáculo.

En ningún caso podrá ejercerse este derecho para restringir el acceso de manera arbitraria o discriminatoria en los términos previstos por el  artículo 2° de la Ley N° 17.817, de 6 de septiembre de 2004.

El derecho de admisión deberá tener por finalidad primordial impedir el acceso al espectáculo a personas que tengan antecedentes de haber incurrido en cualesquiera de los hechos siguientes: a) cometer delitos o faltas que tengan directa relación con la naturaleza del mismo, b) comportarse de manera violenta dentro o fuera del recinto, c) ocasionar molestias a otros espectadores, d) alterar el normal desarrollo del espectáculo. Las conductas referidas en los literales anteriores no tienen carácter taxativo.

No se admitirá el acceso de personas que porten prendas o símbolos  o que incurran en conductas que inciten a la violencia o el racismo o la xenofobia o en general,  a cualquier forma de discriminación. Tampoco se admitirá el acceso de personas que se  encuentren bajo el efecto del alcohol u otras sustancias estupefacientes o drogas, o que intenten ingresar con bebidas alcohólicas, sustancias estupefacientes o drogas.

Para el efectivo ejercicio del derecho de admisión los organizadores podrán  requerir el apoyo y auxilio de la Policía Nacional, pero la participación de ésta será preceptiva en el  caso que se ejerza tal derecho en espectáculos de concurrencia masiva de personas, en las condiciones que establezca la reglamentación dictada por el Poder Ejecutivo.

Artículo 2°. (Derecho de Permanencia).-  Las personas físicas o jurídicas referidas en el inciso primero del artículo anterior podrán ejercer el derecho de permanencia.  Se entiende por derecho de permanencia la facultad de excluir del recinto donde se desarrolla el espectáculo público a las personas que incumplan con las condiciones objetivas que deben observar los espectadores para su permanencia en el mismo, sin perjuicio de lo establecido en el inciso segundo del artículo anterior. A tal efecto podrán solicitar el auxilio de la fuerza pública, para el caso que no se acate lo dispuesto por los encargados de la seguridad del espectáculo.

Artículo 3°. (Deber de informar).-  Las condiciones para el ejercicio de los derechos de admisión y de permanencia deberán informarse en los portales de internet de los organizadores del espectáculo o en el portal del propio evento en su caso, o en lugar visible de las entradas de acceso al mismo.

Artículo 4°. (Reglamentación).- Sin perjuicio de las disposiciones establecidas por los Gobiernos Departamentales relativas a los espectáculos públicos, cométase al Poder Ejecutivo la reglamentación de los mismos en lo atinente a la conservación del orden y la seguridad pública.


            

            Iván Posada
Diputado por Montevideo


                                           Daniel Radío
                                 Diputado por Canelones



                                                           Heriberto Sosa
                                                Diputado por Maldonado










EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En la reciente comparecencia ante la Comisión Especial de Deportes de la Cámara de Representantes, el Fiscal de Corte Dr. Jorge Díaz expresó la necesidad “regular de la manera más precisa posible el derecho de admisión”. En tal sentido recalcó que “en nuestro ordenamiento jurídico el derecho de admisión no está regulado, más allá de que muchos autores lo deducen de otros derechos como, por ejemplo, el derecho de propiedad”.

Su intervención fue particularmente clara en el sentido de expresar que “el único que podría ejercer el derecho de admisión sería el organizador del espectáculo. El Estado no puede sustituir al organizador del espectáculo, porque no organiza ni es el responsable y, por tanto, no puede determinar quien entra, salvo que sea como consecuencia de una sanción por la comisión de un delito anterior, por ejemplo, en el caso que un juez, a solicitud del fiscal, haya impuesto como medida cautelar sustitutiva de la prisión preventiva la prohibición de entrar al espectáculo. Salvo esas hipótesis, que están reducidas a la necesaria existencia de un proceso penal previo, la autoridad, en principio, no puede determinar si un ciudadano puede o no ingresar a un espectáculo público.”

Finalmente precisó que “regulado el derecho de admisión, si el organizador del espectáculo ejerce su derecho de admisión y solicita la colaboración, la autoridad no pueda auxiliarlo para hacer efectivo su derecho. Esto debe quedar claro, porque, a veces, en el debate público, estos aspectos se pierden y hay una gran confusión de lo que puede y debe hacer cada uno.”

Si bien la preocupación en relación a la regulación del derecho de admisión ha sido expresamente referida a los espectáculos deportivos, del análisis de la legislación comparada surgen diversos abordajes. A vía de ejemplo, la legislación española reguló este derecho por el Real Decreto 2816/1982, que aprobó el Reglamento General de Policía de espectáculos públicos y actividades recreativas, que se promulgó en el marco de las competencias exclusivas del Estado en relación a la seguridad pública, donde en un artículo se hace por primera vez referencia en el ordenamiento jurídico español al derecho de admisión determinando que “El público no podrá: …e) Entrar en el recinto o local sin cumplir los requisitos a los que la empresa tuviese condicionado el derecho de admisión, a través de su publicidad o mediante carteles, bien visibles, colocados en los lugares de acceso, haciendo constar claramente tales requisitos.”

La aplicación de este Reglamento planteó diversos problemas derivados de su rango normativo (no tenía una base legal precisa). En los hechos, después de la aprobación de los Estatutos de Autonomía, todas las Comunidades Autónomas de España han asumido competencia sobre la legislación aplicable a los espectáculos públicos. Sin embargo, no todas las Comunidades Autónomas han regulado este derecho. Aquellas que si lo han hecho lo han definido como  “aquella facultad que corresponde a los titulares de los establecimientos abiertos al público y a los organizadores de espectáculos públicos y actividades recreativas para decidir las condiciones a las que puede subordinarse el libre acceso y permanencia de los ciudadanos a dichos establecimientos, espectáculos o actividades, dentro de los límites legal y reglamentariamente establecidos.”

Como se ve esta definición no solo alcanza a los organizadores de los espectáculos públicos sino que también refiere a los titulares de los establecimientos abiertos al público, por lo cual la referencia abarca a todo establecimiento de carácter comercial. Desde esta perspectiva el derecho de admisión queda comprendido dentro del derecho a la libertad de empresa. No obstante, este derecho subjetivo no tiene carácter absoluto, lo que determina que si bien el titular de un establecimiento comercial puede “condicionar el acceso y la permanencia en su local o espectáculo  al cumplimiento de ciertos requisitos, esa decisión se encuentra sometida a la constatación de que, en ningún caso, puede suponer una discriminación arbitraria y no justificada: la protección de la dignidad de la persona, la defensa de la igualdad y el derecho a un trato no discriminatorio, son derechos fundamentales que legitiman suficientemente la existencia de una regulación, que discipline el modo en que el derecho de admisión  puede hacerse valer.

La relevancia de incluir el derecho de admisión como manifestación de la libertad de empresa deriva de las consecuencias que se anudan al carácter fundamental de tal derecho, ya que tal calificación conlleva la inmediata consecuencia de que su regulación —y por tanto, las determinaciones del modo en que el derecho de admisión puede hacerse efectiva— debe hacerse necesariamente por ley.”1

 En la región, Argentina sancionó en mayo de 2008 la Ley N° 26.370 que reguló las reglas aplicables para la habilitación de personal que realiza tareas de control de admisión y permanencia de público en general, para empleadores cuya actividad consista en la organización de eventos y espectáculos públicos. La citada norma define el derecho de admisión y permanencia como “el derecho en virtud del cual, la persona titular del establecimiento y/o evento, se reserva la atribución de admitir o excluir a terceros de dichos lugares, siempre que la exclusión se fundamente en condiciones objetivas de admisión y permanencia, que no deben ser contrarias a los derechos reconocidos en la Constitución Nacional ni suponer un trato discriminatorio o arbitrario para las personas, así como tampoco colocarlas en situaciones de inferioridad o indefensión con respecto a otros concurrentes o espectadores o agraviarlos.”

En el caso de Chile se estableció directamente por Ley N° 19.327, una amplia regulación de los derechos y deberes del fútbol profesional que alcanza a la realización de los espectáculos de fútbol profesional, los derechos y deberes de los asistentes, los requisitos de los recintos deportivos en que éstos se desarrollen, y las obligaciones de las organizaciones deportivas de fútbol profesional, de los organizadores de dichos espectáculos y de los administradores de los recintos correspondientes.

La citada ley se  aplica también a los delitos, faltas e infracciones cometidas por cualquier persona con ocasión de un espectáculo de fútbol profesional, sea en el interior del recinto deportivo o en sus inmediaciones. Asimismo, se aplicará a todos los hechos y circunstancias conexas a dicho espectáculo y, especialmente, a los ejecutados en el transcurso de entrenamientos, animaciones previas, celebraciones, venta de entradas, uso de los servicios de transporte público remunerado de pasajeros y desplazamientos de los equipos, de los asistentes, de los medios de comunicación y otros intervinientes a los recintos deportivos y lugares de concentración, anteriores o posteriores a un evento deportivo, que tengan como motivo o causa principal los espectáculos antes referidos.

La opción realizada por la legislación chilena aborda el tema desde la perspectiva exclusiva del fútbol profesional, estableciendo en forma imperativa la regulación de este tipo de espectáculos públicos, y en especial, la admisión y permanencia en los mismos. 

El presente proyecto de ley se plantea desde una perspectiva más restringida, cuyo objetivo es legislar respecto  a los derechos de admisión y de permanencia en relación a los espectáculos públicos, a partir del reconocimiento que estos derechos corresponden que sean ejercidos por los organizadores de tales eventos. 

Es de dominio público que las mayores dificultades en materia de seguridad se han registrado en espectáculos deportivos, particularmente los de fútbol organizados por la Asociación Uruguaya de Fútbol y los de basquetbol organizados por la Federación Uruguaya de Basquetball. Sin embargo, nos parece adecuado que si vamos a incorporar normas al derecho positivo relativas a precisar el alcance de los  derechos de admisión  y permanencia, éstas refieran a los espectáculos públicos en general. Este enfoque no invalida que eventualmente, el fenómeno de la violencia en el fútbol u otros deportes, pueda ser abordado en un proyecto de ley posterior.

Se podría argumentar, con razón, que un avance legislativo en esta materia también debiera abarcar a los establecimientos de carácter comercial abiertos al público. No obstante, consideramos conveniente que el abordaje del tema no fuera comprensivo de estos emprendimientos, por cuanto las normativas departamentales han avanzado en la regulación y fiscalización de los mismos, incluso teniendo en cuenta las diversas características de estos establecimientos comerciales.

El presente proyecto se plantea como objetivo establecer un reconocimiento legal a los derechos de admisión y permanencia que otorgue certeza a los organizadores de los espectáculos públicos, respecto a la regulación y alcance de los mismos. Pero también, determinar el rol de auxilio y apoyo que debe cumplir la policía nacional para que estos derechos puedan ser efectivamente ejercidos. 

En especial, resulta particularmente relevante el rol que debe tener preceptivamente la policía nacional para que en espectáculos de concurrencia masiva, pueda ejercerse el derecho de admisión.

El primer inciso del artículo 1° del proyecto reconoce el derecho de admisión como la facultad que tienen las personas físicas o jurídicas organizadores de los espectáculos públicos, de establecer las condiciones de acceso al recinto donde se desarrolla el espectáculo público.

Va de suyo que un derecho de esta naturaleza está restringido por el respeto a los derechos humanos consagrados en la Constitución de la República y en la Convención Americana sobre Derechos Humanos. No obstante, nos parece oportuno que el inciso segundo haga especial referencia a que este derecho no puede ser ejercido de manera arbitraria o discriminatoria en los términos del artículo 2° de la Ley N° 17.817, de 6 de septiembre de 2004. Dicho artículo establece lo que se entiende por discriminación: “toda distinción, exclusión, restricción, preferencia o ejercicio de violencia física y moral, basada en motivos de raza, color de piel, religión, origen nacional o étnico, discapacidad, aspecto estético, género, o

El proyecto tiene como objetivo establecer un reconocimiento legal a los derechos de admisión y permanencia que otorgue certeza a los organizadores de los espectáculos públicos, respecto a la regulación y alcance de los mismos. Pero también, determinar el rol de auxilio y apoyo que debe cumplir la policía nacional para que estos derechos puedan ser efectivamente ejercidos. 
En su exposición de motivos se expresa que “resulta particularmente relevante el rol que debe tener preceptivamente la policía nacional para que en espectáculos de concurrencia masiva, pueda ejercerse el derecho de admisión.
El primer inciso del artículo 1° del proyecto reconoce el derecho de admisión como la facultad que tienen las personas físicas o jurídicas organizadores de los espectáculos públicos, de establecer las condiciones de acceso al recinto donde se desarrolla el espectáculo público (…)
El objetivo fundamental del ejercicio de este derecho de admisión es que los organizadores puedan impedir el acceso a personas, que a vía de ejemplo, tengan antecedentes de haber participado en hechos violentos dentro o fuera del recinto donde se desarrolla el espectáculo, haber cometido delitos o faltas que tengan directa relación  con la naturaleza del espectáculo, haber incurrido en molestias a otros espectadores o que hayan alterado el normal desarrollo del espectáculo.
Finalmente, el último inciso de este primer artículo determina que los organizadores de los espectáculos puedan contar con apoyo y auxilio de la Policía Nacional, para ejercer el derecho de admisión, al tiempo que se establece la participación preceptiva de la policía en espectáculos de concurrencia masiva de personas, en las condiciones que establezca la reglamentación del Poder Ejecutivo”

PROYECTO DE LEY

DERECHO DE ADMISIÓN Y PERMANENCIA
Regulación en Espectáculos Públicos


Artículo 1°.  (Derecho de admisión).-   Las personas físicas o jurídicas organizadoras de los espectáculos públicos de índole artística, recreativa, social, cultural, deportiva o de cualquier otra naturaleza, podrán ejercer el derecho de admisión. Se entiende por derecho de admisión, la facultad de determinar las condiciones de acceso al recinto donde se desarrolla el espectáculo.

En ningún caso podrá ejercerse este derecho para restringir el acceso de manera arbitraria o discriminatoria en los términos previstos por el  artículo 2° de la Ley N° 17.817, de 6 de septiembre de 2004.

El derecho de admisión deberá tener por finalidad primordial impedir el acceso al espectáculo a personas que tengan antecedentes de haber incurrido en cualesquiera de los hechos siguientes: a) cometer delitos o faltas que tengan directa relación con la naturaleza del mismo, b) comportarse de manera violenta dentro o fuera del recinto, c) ocasionar molestias a otros espectadores, d) alterar el normal desarrollo del espectáculo. Las conductas referidas en los literales anteriores no tienen carácter taxativo.

No se admitirá el acceso de personas que porten prendas o símbolos  o que incurran en conductas que inciten a la violencia o el racismo o la xenofobia o en general,  a cualquier forma de discriminación. Tampoco se admitirá el acceso de personas que se  encuentren bajo el efecto del alcohol u otras sustancias estupefacientes o drogas, o que intenten ingresar con bebidas alcohólicas, sustancias estupefacientes o drogas.

Para el efectivo ejercicio del derecho de admisión los organizadores podrán  requerir el apoyo y auxilio de la Policía Nacional, pero la participación de ésta será preceptiva en el  caso que se ejerza tal derecho en espectáculos de concurrencia masiva de personas, en las condiciones que establezca la reglamentación dictada por el Poder Ejecutivo.

Artículo 2°. (Derecho de Permanencia).-  Las personas físicas o jurídicas referidas en el inciso primero del artículo anterior podrán ejercer el derecho de permanencia.  Se entiende por derecho de permanencia la facultad de excluir del recinto donde se desarrolla el espectáculo público a las personas que incumplan con las condiciones objetivas que deben observar los espectadores para su permanencia en el mismo, sin perjuicio de lo establecido en el inciso segundo del artículo anterior. A tal efecto podrán solicitar el auxilio de la fuerza pública, para el caso que no se acate lo dispuesto por los encargados de la seguridad del espectáculo.

Artículo 3°. (Deber de informar).-  Las condiciones para el ejercicio de los derechos de admisión y de permanencia deberán informarse en los portales de internet de los organizadores del espectáculo o en el portal del propio evento en su caso, o en lugar visible de las entradas de acceso al mismo.

Artículo 4°. (Reglamentación).- Sin perjuicio de las disposiciones establecidas por los Gobiernos Departamentales relativas a los espectáculos públicos, cométase al Poder Ejecutivo la reglamentación de los mismos en lo atinente a la conservación del orden y la seguridad pública.


            

            Iván Posada
Diputado por Montevideo


                                           Daniel Radío
                                 Diputado por Canelones



                                                           Heriberto Sosa
                                                Diputado por Maldonado










EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En la reciente comparecencia ante la Comisión Especial de Deportes de la Cámara de Representantes, el Fiscal de Corte Dr. Jorge Díaz expresó la necesidad “regular de la manera más precisa posible el derecho de admisión”. En tal sentido recalcó que “en nuestro ordenamiento jurídico el derecho de admisión no está regulado, más allá de que muchos autores lo deducen de otros derechos como, por ejemplo, el derecho de propiedad”.

Su intervención fue particularmente clara en el sentido de expresar que “el único que podría ejercer el derecho de admisión sería el organizador del espectáculo. El Estado no puede sustituir al organizador del espectáculo, porque no organiza ni es el responsable y, por tanto, no puede determinar quien entra, salvo que sea como consecuencia de una sanción por la comisión de un delito anterior, por ejemplo, en el caso que un juez, a solicitud del fiscal, haya impuesto como medida cautelar sustitutiva de la prisión preventiva la prohibición de entrar al espectáculo. Salvo esas hipótesis, que están reducidas a la necesaria existencia de un proceso penal previo, la autoridad, en principio, no puede determinar si un ciudadano puede o no ingresar a un espectáculo público.”

Finalmente precisó que “regulado el derecho de admisión, si el organizador del espectáculo ejerce su derecho de admisión y solicita la colaboración, la autoridad no pueda auxiliarlo para hacer efectivo su derecho. Esto debe quedar claro, porque, a veces, en el debate público, estos aspectos se pierden y hay una gran confusión de lo que puede y debe hacer cada uno.”

Si bien la preocupación en relación a la regulación del derecho de admisión ha sido expresamente referida a los espectáculos deportivos, del análisis de la legislación comparada surgen diversos abordajes. A vía de ejemplo, la legislación española reguló este derecho por el Real Decreto 2816/1982, que aprobó el Reglamento General de Policía de espectáculos públicos y actividades recreativas, que se promulgó en el marco de las competencias exclusivas del Estado en relación a la seguridad pública, donde en un artículo se hace por primera vez referencia en el ordenamiento jurídico español al derecho de admisión determinando que “El público no podrá: …e) Entrar en el recinto o local sin cumplir los requisitos a los que la empresa tuviese condicionado el derecho de admisión, a través de su publicidad o mediante carteles, bien visibles, colocados en los lugares de acceso, haciendo constar claramente tales requisitos.”

La aplicación de este Reglamento planteó diversos problemas derivados de su rango normativo (no tenía una base legal precisa). En los hechos, después de la aprobación de los Estatutos de Autonomía, todas las Comunidades Autónomas de España han asumido competencia sobre la legislación aplicable a los espectáculos públicos. Sin embargo, no todas las Comunidades Autónomas han regulado este derecho. Aquellas que si lo han hecho lo han definido como  “aquella facultad que corresponde a los titulares de los establecimientos abiertos al público y a los organizadores de espectáculos públicos y actividades recreativas para decidir las condiciones a las que puede subordinarse el libre acceso y permanencia de los ciudadanos a dichos establecimientos, espectáculos o actividades, dentro de los límites legal y reglamentariamente establecidos.”

Como se ve esta definición no solo alcanza a los organizadores de los espectáculos públicos sino que también refiere a los titulares de los establecimientos abiertos al público, por lo cual la referencia abarca a todo establecimiento de carácter comercial. Desde esta perspectiva el derecho de admisión queda comprendido dentro del derecho a la libertad de empresa. No obstante, este derecho subjetivo no tiene carácter absoluto, lo que determina que si bien el titular de un establecimiento comercial puede “condicionar el acceso y la permanencia en su local o espectáculo  al cumplimiento de ciertos requisitos, esa decisión se encuentra sometida a la constatación de que, en ningún caso, puede suponer una discriminación arbitraria y no justificada: la protección de la dignidad de la persona, la defensa de la igualdad y el derecho a un trato no discriminatorio, son derechos fundamentales que legitiman suficientemente la existencia de una regulación, que discipline el modo en que el derecho de admisión  puede hacerse valer.

La relevancia de incluir el derecho de admisión como manifestación de la libertad de empresa deriva de las consecuencias que se anudan al carácter fundamental de tal derecho, ya que tal calificación conlleva la inmediata consecuencia de que su regulación —y por tanto, las determinaciones del modo en que el derecho de admisión puede hacerse efectiva— debe hacerse necesariamente por ley.”1

 En la región, Argentina sancionó en mayo de 2008 la Ley N° 26.370 que reguló las reglas aplicables para la habilitación de personal que realiza tareas de control de admisión y permanencia de público en general, para empleadores cuya actividad consista en la organización de eventos y espectáculos públicos. La citada norma define el derecho de admisión y permanencia como “el derecho en virtud del cual, la persona titular del establecimiento y/o evento, se reserva la atribución de admitir o excluir a terceros de dichos lugares, siempre que la exclusión se fundamente en condiciones objetivas de admisión y permanencia, que no deben ser contrarias a los derechos reconocidos en la Constitución Nacional ni suponer un trato discriminatorio o arbitrario para las personas, así como tampoco colocarlas en situaciones de inferioridad o indefensión con respecto a otros concurrentes o espectadores o agraviarlos.”

En el caso de Chile se estableció directamente por Ley N° 19.327, una amplia regulación de los derechos y deberes del fútbol profesional que alcanza a la realización de los espectáculos de fútbol profesional, los derechos y deberes de los asistentes, los requisitos de los recintos deportivos en que éstos se desarrollen, y las obligaciones de las organizaciones deportivas de fútbol profesional, de los organizadores de dichos espectáculos y de los administradores de los recintos correspondientes.

La citada ley se  aplica también a los delitos, faltas e infracciones cometidas por cualquier persona con ocasión de un espectáculo de fútbol profesional, sea en el interior del recinto deportivo o en sus inmediaciones. Asimismo, se aplicará a todos los hechos y circunstancias conexas a dicho espectáculo y, especialmente, a los ejecutados en el transcurso de entrenamientos, animaciones previas, celebraciones, venta de entradas, uso de los servicios de transporte público remunerado de pasajeros y desplazamientos de los equipos, de los asistentes, de los medios de comunicación y otros intervinientes a los recintos deportivos y lugares de concentración, anteriores o posteriores a un evento deportivo, que tengan como motivo o causa principal los espectáculos antes referidos.

La opción realizada por la legislación chilena aborda el tema desde la perspectiva exclusiva del fútbol profesional, estableciendo en forma imperativa la regulación de este tipo de espectáculos públicos, y en especial, la admisión y permanencia en los mismos. 

El presente proyecto de ley se plantea desde una perspectiva más restringida, cuyo objetivo es legislar respecto  a los derechos de admisión y de permanencia en relación a los espectáculos públicos, a partir del reconocimiento que estos derechos corresponden que sean ejercidos por los organizadores de tales eventos. 

Es de dominio público que las mayores dificultades en materia de seguridad se han registrado en espectáculos deportivos, particularmente los de fútbol organizados por la Asociación Uruguaya de Fútbol y los de basquetbol organizados por la Federación Uruguaya de Basquetball. Sin embargo, nos parece adecuado que si vamos a incorporar normas al derecho positivo relativas a precisar el alcance de los  derechos de admisión  y permanencia, éstas refieran a los espectáculos públicos en general. Este enfoque no invalida que eventualmente, el fenómeno de la violencia en el fútbol u otros deportes, pueda ser abordado en un proyecto de ley posterior.

Se podría argumentar, con razón, que un avance legislativo en esta materia también debiera abarcar a los establecimientos de carácter comercial abiertos al público. No obstante, consideramos conveniente que el abordaje del tema no fuera comprensivo de estos emprendimientos, por cuanto las normativas departamentales han avanzado en la regulación y fiscalización de los mismos, incluso teniendo en cuenta las diversas características de estos establecimientos comerciales.

El presente proyecto se plantea como objetivo establecer un reconocimiento legal a los derechos de admisión y permanencia que otorgue certeza a los organizadores de los espectáculos públicos, respecto a la regulación y alcance de los mismos. Pero también, determinar el rol de auxilio y apoyo que debe cumplir la policía nacional para que estos derechos puedan ser efectivamente ejercidos. 

En especial, resulta particularmente relevante el rol que debe tener preceptivamente la policía nacional para que en espectáculos de concurrencia masiva, pueda ejercerse el derecho de admisión.

El primer inciso del artículo 1° del proyecto reconoce el derecho de admisión como la facultad que tienen las personas físicas o jurídicas organizadores de los espectáculos públicos, de establecer las condiciones de acceso al recinto donde se desarrolla el espectáculo público.

Va de suyo que un derecho de esta naturaleza está restringido por el respeto a los derechos humanos consagrados en la Constitución de la República y en la Convención Americana sobre Derechos Humanos. No obstante, nos parece oportuno que el inciso segundo haga especial referencia a que este derecho no puede ser ejercido de manera arbitraria o discriminatoria en los términos del artículo 2° de la Ley N° 17.817, de 6 de septiembre de 2004. Dicho artículo establece lo que se entiende por discriminación: “toda distinción, exclusión, restricción, preferencia o ejercicio de violencia física y moral, basada en motivos de raza, color de piel, religión, origen nacional o étnico, discapacidad, aspecto estético, género, orientación e identidad sexual, que tenga por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos humanos y libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural o en cualquier otra esfera de la vida pública.”

El objetivo fundamental del ejercicio de este derecho de admisión es que los organizadores puedan impedir el acceso a personas, que a vía de ejemplo, tengan antecedentes de haber participado en hechos violentos dentro o fuera del recinto donde se desarrolla el espectáculo, haber cometido delitos o faltas que tengan directa relación  con la naturaleza del espectáculo, haber incurrido en molestias a otros espectadores o que hayan alterado el normal desarrollo del espectáculo.

En total correspondencia con lo consagrado en la Constitución y la ley, en el inciso cuarto se establece con carácter imperativo la no admisión de personas que porten prendas o símbolos  o que incurran en conductas que inciten a la violencia o el racismo o la xenofobia o en general,  a cualquier forma de discriminación. Tampoco se admitirá el acceso de personas que se  encuentren bajo el efecto del alcohol u otras sustancias estupefacientes o drogas, o que intenten ingresar con bebidas alcohólicas, sustancias estupefacientes o drogas.

Finalmente, el último inciso de este primer artículo determina que los organizadores de los espectáculos puedan contar con apoyo y auxilio de la Policía Nacional, para ejercer el derecho de admisión, al tiempo que se establece la participación preceptiva de la policía en espectáculos de concurrencia masiva de personas, en las condiciones que establezca la reglamentación del Poder Ejecutivo.

El artículo 2° reconoce legalmente el derecho de permanencia, definido como la facultad de excluir del recinto donde se desarrolla el espectáculo público a las personas que incumplan con las condiciones objetivas que deben observar los espectadores para su permanencia en el mismo, sin perjuicio claro está, de la referencia al artículo 2° de la Ley N° 17.817. Asimismo se prevé que el organizador pueda solicitar el auxilio de la fuerza pública para dar respaldo a la seguridad del espectáculo, en caso de que las personas no acaten lo dispuesto.

El artículo 3° impone a los organizadores de los espectáculos informar debidamente de las condiciones en que se ejercerán los derechos de admisión y permanencia. A tal efecto se dispone que tal información deberá estar disponible en los portales de internet de los organizadores del espectáculo o en el portal del propio evento, o en lugar visible de las entradas de acceso al mismo.

Por último, el artículo 4° le comete al Poder Ejecutivo, la reglamentación de los espectáculos públicos en lo atinente a la conservación del orden y la seguridad pública.




            Iván Posada
Diputado por Montevideo



                                           Daniel Radío
                                 Diputado por Canelones



                                                           Heriberto Sosa
                                                Diputado por Maldonado

  rientación e identidad sexual, que tenga por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos humanos y libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural o en cualquier otra esfera de la vida pública.”

El objetivo fundamental del ejercicio de este derecho de admisión es que los organizadores puedan impedir el acceso a personas, que a vía de ejemplo, tengan antecedentes de haber participado en hechos violentos dentro o fuera del recinto donde se desarrolla el espectáculo, haber cometido delitos o faltas que tengan directa relación  con la naturaleza del espectáculo, haber incurrido en molestias a otros espectadores o que hayan alterado el normal desarrollo del espectáculo.

En total correspondencia con lo consagrado en la Constitución y la ley, en el inciso cuarto se establece con carácter imperativo la no admisión de personas que porten prendas o símbolos  o que incurran en conductas que inciten a la violencia o el racismo o la xenofobia o en general,  a cualquier forma de discriminación. Tampoco se admitirá el acceso de personas que se  encuentren bajo el efecto del alcohol u otras sustancias estupefacientes o drogas, o que intenten ingresar con bebidas alcohólicas, sustancias estupefacientes o drogas.

Finalmente, el último inciso de este primer artículo determina que los organizadores de los espectáculos puedan contar con apoyo y auxilio de la Policía Nacional, para ejercer el derecho de admisión, al tiempo que se establece la participación preceptiva de la policía en espectáculos de concurrencia masiva de personas, en las condiciones que establezca la reglamentación del Poder Ejecutivo.

El artículo 2° reconoce legalmente el derecho de permanencia, definido como la facultad de excluir del recinto donde se desarrolla el espectáculo público a las personas que incumplan con las condiciones objetivas que deben observar los espectadores para su permanencia en el mismo, sin perjuicio claro está, de la referencia al artículo 2° de la Ley N° 17.817. Asimismo se prevé que el organizador pueda solicitar el auxilio de la fuerza pública para dar respaldo a la seguridad del espectáculo, en caso de que las personas no acaten lo dispuesto.

El artículo 3° impone a los organizadores de los espectáculos informar debidamente de las condiciones en que se ejercerán los derechos de admisión y permanencia. A tal efecto se dispone que tal información deberá estar disponible en los portales de internet de los organizadores del espectáculo o en el portal del propio evento, o en lugar visible de las entradas de acceso al mismo.

Por último, el artículo 4° le comete al Poder Ejecutivo, la reglamentación de los espectáculos públicos en lo atinente a la conservación del orden y la seguridad pública.




            Iván Posada
Diputado por Montevideo



                                           Daniel Radío
                                 Diputado por Canelones



                                                         

  Heriberto Sosa


        Diputado por Maldonado