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miércoles, 11 de mayo de 2016

Alcaldesa de Chuy dice que llevará a la Justicia las denuncias en su contra


El Este 

Idas y vueltas frente a denuncias de un funcionario municipal de Chuy contra la Alcaldesa
POSICIÓN DEL FRENTE AMPLIO DESCONCIERTA A PRINCIPAL FUERZA OPOSITORA
 

La posición política del Frente Amplio ante las denuncias que pesan sobre la alcaldesa del Municipio de Chuy, Mary Urse, dejaron "extraviados" a más de un actor político en las últimas horas.
Se formó, una comisión pre investigadora la semana pasada para analizar las denuncias públicas efectuadas en medios de comunicación, por un capataz - en su momento hombre de confianza de la Alcaldesa del Municipio fronterizo - en las que entre otras cosas decía, que Mary Urse había construído la casa de su hija con mano de obra municipal.
Frente a los hechos, la bancada de gobierno entendió que había mérito suficiente para crear una comision investigadora. La decisión fue adoptada por unanimidad, con el voto de la edil del MPP  Mary Nuñez.
"Anoche en el plenario, el Frente Amplio cambió radicalmente su posición", se indicó.  Según lo informado, se aludió, que solo se trataban de versiones de prensa la mencionada denuncia.
Consultamos, al edil, José Villagrán, designado por la fuerza política que representa para la comisión investigadora.  Manifestó: " no entendemos el cambio de rumbo ni los argumentos". "No son versiones de prensa, son palabras de un funcionario de confianza vertidas en varios medios de prensa, es muy diferente". Agregó, que "esta actitud lejos de esclarecer la situación agrega muchas sombras sobre el accionar del gobierno de Chuy"
En la Junta Departamental se hizo presente el Intendente, Aníbal Pereyra, para dar explicaciones sobre el asunto.
Villagrán, manifestó que "esto no correspondía, solo puede interpretarse como una forma de presionar para que el tema no sea aclarado".
Por su parte, ayer, la alcaldesa, Mary Urse, manifestó, que se sentía muy tranquila y que mantendría una reunión con la bancada del Frente Amplio en horas de la tarde de ayer martes.
Sostuvo, a través de la Cadena Digital, que "la denuncia no tenía ni pies, ni cabeza", y que el tema lo llevaría a los estrados judiciales, siendo su patrocinante legal el abogado, Paulo Priliac, reconocido penalista del departamento con base de sus actuaciones en la frontera Chuy.
"Estoy con mi conciencia tranquila y a mi me sirve que el tema se lleve a una investigadora de la Junta Departamental de Rocha como forma de que se conozca la verdad", expresó.

BORDABERRY PROPONE UN FIDEICOMISO PARA LA REGULACIÓN HÍDRICA DEL NORTE DE ROCHA

El Este
 
El senador del Partido Colorado, Pedro Bordaberry, presentó un proyecto de Ley por el que se propone la creación de un fideicomiso de obras de regulación hídrica del noreste del departamento de Rocha.

Entre las zonas más afectadas se encuentra la zona norte del departamento de Rocha donde se vieron afectadas por inundaciones aproximadamente 360 mil hectáreas y destruidos cientos de kilómetros de caminería rural y rutas nacionales, así como puentes e infraestructura.
Las pérdidas, una vez más, fueron grandes tanto para el Estado como los productores.
La zona tiene particularidades que la hacen permeable a este tipo de hechos críticos dada las características hidrológicas de la cuenca.
Esta se compone de dos sub cuencas: una de ellas es la de los cursos afluentes de la Laguna Merín, al sur del río Cebollatí y la otra la que es drenadas por los canales No. 2 y Andreoni.
De acuerdo con el Resumen Ejecutivo del Año 2001 realizado por la Dirección Nacional de Hidrografía, en aquel entonces dependiente del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, conocido como Proyecto de Regulación Hídrica de los Bañados de Rocha (en adelante “el Proyecto 2001“) el área se puede dividir en dos unidades.
Una de sierras, cuchillas y lomas (1809 Km 2) y otra de llanuras (4493 Km 2).
Cabe señalar que el referido Proyecto fue aprobado por el decreto de fecha 6 de Julio de 2004 (http://archivo.presidencia.gub.uy/decretos/2004070602.htm)
La zona de llanuras (que ocupa más del 70% del territorio) recibe escorrentía de tres fuentes principales: desde la unidad de sierras, cuchillas y lomas; por desbordes del río Cebollatí; aportes locales.
De estas tres fuentes, las dos primeras son aportes de caudales pico muy significativos. Los aportes de caudales locales de la zona de llanuras son siempre atenuados. Pero posee bajas pendientes y grandes almacenamientos superficiales.
Debido a esto los problemas de anegamiento e inundaciones se manifiestan en la unidad de llanuras. La causa de ello son las crecidas en las zona de sierras, cuchillas y lomas así como los desbordes del río Cebollatí.
El proyecto del año 2001, aprobado por el Decreto del año 2004, persigue atenuar los caudales de crecida antes que estos lleguen al área de llanura, regulando los mismos y controlando los desbordes del río Cebollatí.
Tradicionalmente la ingeniería de drenaje tenía como objetivo la rápida remoción de los excesos pluviales a través de canalizaciones aguas abajo. El proyecto elaborado persigue un concepto más amplio: el manejo de los excesos pluviales, administrándolo de una manera integral y sustentable.
Además de los anegamientos en la zona baja de llanura existe otra consecuencia derivada del canal Andreoni: la afectación ambiental y turística de la costa atlántica, en especial, en la zona de La Coronilla.
La tendencia natural del escurrimiento del sistema es hacia la laguna Merín pero el volcamiento de agua dulce por el referido canal al Océano Atlántico afectó la costa y la playa. Se trata además de una zona muy particular por su vegetación y riqueza en fauna y flora destacándose el Cerro Verde en las cercanías.

Atendiendo todos estos problemas con el proyecto se pretende:
1.- atenuar los efectos negativos de eventos extremos, tanto de sequías como de crecidas;
2.- disminuir la frecuencia, permanencia y magnitud de los anegammientos en áreas productivas;
3.- reestablecer, en lo posible, la tendencia natural del escurrimiento del sistema hacia la laguna Merín;
4. reducir el volcamiento de agua dulce al océano, principalmente para eventos frecuentes;
5.- eliminar, en eventos frecuentes, el volcamiento de agua proveniente de la Laguna Negra hacia la playa de La Coronilla;
6. restituir los aportes desde la Laguna Negra hacia los bañados de Santa Teresa, Los Indios y San Miguel;
7.- satisfacer demandas de agua en época de sequías;
8. atender los incrementos en la demanda de agua.
Para cumplir con esos objetivos se previó un plan de obras de cuatro etapas que incluía trabajas en alcantarillas, construcción de puentes, reacondicionamiento de terraplenes, de via de escurrimiento del Estero Pelotas, del río San Luis, sobre elevación de presas, apertura y obra de control del Canal Laguna Negra, construcción de presas y terraplenes, redimensionamiento de vias de escurrimiento.
El detalle de estas obras se encuentra en el Proyecto referido (http://archivo.presidencia.gub.uy/decretos/2004070602.htm).
En el año 2004 el presupuesto estimado de las obras ascendía a 9.114.135 dólares americanos equivalentes a pesos uruguayos 261.610,233 (cotización del dólar 28,70). Se estima el monto necesario a la fecha en el equivalente a 29.950.570 dólares americanos.
A dicha cifra se llega aplicando el Indice de Costo de Construcción (ICC) a marzo del 2016: 3,418. Lo que equivale a pesos uruguayos 911.942.952 equivalentes a dólares americanos 9.114.135 (cotización del dólar: 31,5).
Con la realización de estas obras se lograrán diversos objetivos: ayudar y promover la producción agrícola ganadera, preservar el agua dulce, desarrollar el turismo en La Coronilla, manejar el agua en base a un ordenamiento territorial, proteger las zonas de interés histórico y turístico, preservar los bañados, proteger el monte natural y a las poblaciones de San Luis y Barrancas de inundaciones.
Las recientes inundaciones han puesto de relieve, una vez más, la necesidad de realizar de una vez por todas las obras.
Las inundaciones y crecientes anegaron aproximadamente 360 mil hectáreas afectando especialmente a la producción agrícola ganadera. Buena parte de la cosecha de arroz se perdió o deterioró. Los más afectados son los pequeños y medianos productores que no cuentan con los recursos para hacer frente a obras en sus predios ni reponer lo que perdieron.

Junto con ellos se afectó el comercio y la industria vinculada.
También se estropearon cientos de kilómetros de caminería local y rutas nacionales. Las crecientes barrieron con buena parte de ellas. El puente sobre el canal Andreoni de la Ruta 9 se encuentra con serios problemas estructurales ocasionados por la erosión producida por el exceso hídrico.
El balneario de La Coronilla hace años que sufre el deterioro derivado del vertimiento del agua (y todos los elementos que esta traer) del canal Andreoni. Los hoteles que, en buena cantidad, antes existían en la zona, vienen cerrando año a año. La actividad turística se ver seriamente afectada.
Junto con ello se agrede la fauna y la flora marina que posee especial riqueza en la zona. Es ahí que llegan año a año cientos de tortugas marinas a la zona del Cerro Verde (http://www.karumbe.org).
Pese al tiempo transcurrido desde la aprobación del proyecto por el decreto del año 2004 las obras no se iniciaron.
Por lo que se hace imprescindible ponerlas en funcionamiento.
En especial, cuando los pronósticos y estimaciones metereológicos prevén en el cercano plazo el acaecimiento de hechos de sequía y en el mediano y largo la reiteración de excesos de lluvia e inundaciones.
Para enfrentar ello es que se propone la conformación de un fideicomiso en el que participarían el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, el de Transporte y Obras Públicas, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Intendencia Municipal de Rocha.
La financiación de dicho fideicomiso contará con los siguientes aportes en partes iguales: una contribución especial sobre los padrones de las zonas beneficiadas por las obras, y aportes de los Ministerios de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y Transporte y Obras Públicas y la Intendencia Municipal de Rocha.
La contribución especial es una figura prevista en el artículo 13 del Código Tributario. Se trata de un tributo cuyo presupuesto de hecho se caracteriza por un beneficio económico particular proporcionado al contribuyente por la realización de obras públicas o de actividades estatales; su producto no debe tener un destino ajeno a la financiación de las obras o actividades correspondientes.
Es la figura jurídica que aplica a la situación planteada. Las obras públicas beneficiarán a aproximadamente 360 mil hectáreas que se verán beneficiadas por el manejo y la regulación de los recursos hídricos evitando crecientes e inundaciones y almacenando el mismo para las épocas de sequía.
En el caso de 30 millones de dólares esto equivale a aportes de los padrones por contribución especial por dólares 7.500.000, del Ministerio de Obras Públicas por 7.500.000, del Ministerio de Vivienda Ordenamiento, Territorial y Medio Ambiente por 7.500.000. y de la Intendencia de Rocha por 7.500.000.
El fideicomiso es a 20 años por lo que los aportes serán de U$ 375.000 por año, más los intereses por parte de cada uno.
Al beneficiarse a aproximadamente 360 mil hectáreas el equivalente de aproximadamente U$ 1,04 por hectárea. El beneficio será obviamente superior por cada hectárea.
A eso se suma que los ministerios involucrados y la Intendencia de Rocha con estas obras se evitarán tender que invertir cifras muy superiores a ello.
Los beneficios llegarán a toda la zona, evitando anegamientos, falta de agua en tiempos de sequía, se evitará desgaste y destrucción de caminos, rutas y puentes, y beneficiaría también a la costa atlántica en especial la zona turística de La Coronilla.
Se trata en definitiva de un esfuerzo público y privado, financiado con el instrumento tributario de la contribución especial (artículo 13 del Código Tributario) y los aportes presupuestales correspondientes.
Se propone la constitución de un fideicomiso, con la Corporación Nacional para el Desarrollo como fiduciario, con una comisión asesora integrada por delegados de los ministerios involucrados, la Intendencia de Rocha y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
Los fondos previstos no podrán tener otro destino que la realización de las obras referidas.
Se permite señalar que este proyecto de ley trata de competencias de distintos ministerios  del Poder Ejecutivo y comisiones de este Parlamento. Se trata de obra pública, en el interior del país, que afectan la caminería, la ganadería y el turismo. Sobre todo trata de regulación y manejo hídricos de una zona muy compleja desde el punto de vista ambiental.
Actualmente todo lo relacionado con los recursos hídricos y su regulación, pasaron a ser competencia del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente. Lo que se deberá tener en cuenta al momento del envío del mismo a la Comisión del Senado que entienda en el asunto.
Dado que este proyecto de ley requiere iniciativa privativa del Poder Ejecutivo solicita se sirva enviar al mismo una minuta con el mismo para que este la haga suya.

PROYECTO DE LEY DE FIDEICOMISO DE OBRAS DE REGULACION HIDRICA DEL NORESTE DE ROCHA
Artículo 1º.- Constitúyase un fideicomiso destinado a la realización de las obras pertinentes en el norte del Departamento de Rocha que tengan por finalidad:
1. Atenuar los efectos negativos de eventos extremos, tanto de sequías como de crecidas;
2. Disminuir la frecuencia, permanencia y magnitud de los anegamientos en áreas productivas;
3. Restablecer, la tendencia natural del escurrimiento del sistema hacia la laguna Merín;
4. Reducir el volcamiento de agua dulce al océano, principalmente para eventos frecuentes;
5. Eliminar, en eventos frecuentes, el volcamiento de agua proveniente de la Laguna Negra hacia la playa de La Coronilla;
6. Restituir los aportes desde la Laguna Negra hacia los bañados de Santa Teresa, Los Indios y San Miguel;
7. Satisfacer demandas de agua en época de sequías;
8. Atender los incrementos en la demanda de agua.
9. Cumplir con las obras previstas en el denominado Plan de Regulación Hídrica de Rocha, 2001.
Artículo 2º. Los fondos gestionados serán destinados a la concreción de los proyectos que incluyan el acondicionamiento y realización del alcantarillado, la construcción de puentes, el reacondicionamiento de presas y terraplenes y la vía de escurrimiento del Estero Pelotas del río San Luis, la apertura y obra de control del Canal Laguna Negra.
Artículo 3º. La administración del fideicomiso estará a cargo de la Corporación Nacional para el Desarrollo en cuyo ámbito actuará una comisión asesora que será integrada por un representante propuesto por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, que la presidirá, un representante propuesto por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, un representante propuesto por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y un representante propuesto por la Intendencia de Rocha. La antedicha comisión propondrá las acciones correspondientes al cumplimiento del objeto.
Artículo 3º. Será beneficiarios del fideicomiso, el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la Intendencia Municipal de Rocha.
Artículo 4º. El referido fideicomiso estará exonerado de todos los tributos nacionales creados o a crearse.
Artículo 5º. El Poder Ejecutivo, reglamentará la presente ley, en especial en lo referido a:
a. Las obras, servicios y bienes objeto del financiamiento; b. La distribución de los recursos a asignar.
Artículo 6º. El patrimonio del fideicomiso se integrará mediante:
a.las partidas presupuestales previstas para los Ministerios de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medioambiente y de Transporte y Obras Públicas y de la Intendencia de Rocha, que sean destinados a estos fines.
b b. lo recaudado por concepto de la contribución especial que se crea por el artículo siguiente.
 Artículo 7º. Créase una contribución especial que gravará a los propietarios de los predios beneficiados por la actividad del fideicomiso creado por la presente ley que se determinará sobre las siguientes bases.
a. equivaldrá al 25% del monto previsto en esta ley para el fideicomiso.
b.no podrá superar, individualmente, el beneficio que para cada padrón tendrán las obras que se realizarán.
Artículo 8o. La reglamentación establecerá el procedimiento de determinación tributaria correspondiente.
Artículo 9o. El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley en un plazo de 120 días.

Reclaman urgente investigación por fallecimiento de adolescente en Hospital de Rocha




  El Este

El edil de Alianza Nacional, Martín Veiga, solicitó que sea investigada la muerte de una adolescente de quince años, quien llegó hasta el Hospital de la capital rochense como consecuencia de una crisis asmática, según se informó.
Según declaraciones de la Directora Del Hospital Lic. María Julia Báez, "se inició una investigación administrativa y los pedidos de informes correspondientes". expresó el edil.
Manifestó, también, que "estamos de acuerdo con que se investigue y tiene que ser a fondo".  "Vamos a solicitar celeridad y seriedad a la hora de actuar". Agregó, que "no puede seguir sucediendo que un trámite o una decisión administrativa o de cualquier otro índole tenga como consecuencia  la pérdida de una vida humana".
Sostuvo, que "es nuestro interés que finalizada la misma, se de conocimiento a la opinión pública a los efectos de que se aclare esta situación aunque nada reparara la pérdida de esta joven a su familia.
Solicitó, que sus manifestaciones sean enviadas a la Dirección del Centro de Salud Pública de Rocha, al Ministerio de Salud Pública y a la Comisión de Salud Pública del Parlamento.
Por su parte la Directora del Hospital, María Julia Báez, dijo a Telenoche que “se ha iniciado una investigación” y los correspondientes pedidos de informes para determinar si hubo alguna omisión o no.
Según explicó, el Hospital de Rocha no tiene CTI y realiza los traslados que determina el Centro Coordinador.
En el caso de la joven fallecida, indicó que había sido pedido, pero no fue adjudicado en el tiempo en que la joven estuvo internada.


Fuente en base a Telenoche.

ESTADO DEL AGUA, POTABILIZACIÓN, INFORMACIÓN…DERECHO DE TODOS…Edil Emilio Rotondaro



En trabajo coordinado con Mesa Ecológica venimos trabajando sobre una preocupación a nivel Nacional y es el agua potable , es así que repicamos un pedido de informe con las particularidades de nuestro Departamento, creemos y estamos convencidos que es un tema fundamental saber el agua que estamos consumiendo, las normas y garantías constitucionales de acceso a un bien público están consagradas en el Artículo 47 de la constitución refrendado el mismo por un plebiscito popular y que define al agua como DERECHO HUMANO FUNDAMENTAL.
Creemos que se debe Incluir el análisis de laboratorio comparativo con lo que la OMS considera Standard normal en el etiquetado sería muy positivo para que comparemos situación una vez logrado el etiquetado Nacional, además de colocar en la propia factura al dorso el análisis de la propia O.S.E. del agua que remite a la población según consta práctica en varios países expuesto por el relator de la O.N.U.
El trámite presentado fue el siguiente:


Señor presidente: Mauro Mego


De acuerdo con el artículo 284 de la Constitución de La República solicito elevar este pedido de informe al Diputado Umpierrez, Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y por su intermedio a OSE, a efectos de obtener la siguiente información:
Ante la constatación de la falta de información en etiquetas con la composición del agua embotellada; (Agua Mineral, o Agua de Mesa), ha llegado a nuestro conocimiento la falta de obligatoriedad de dar información en dicho etiquetado, quedando a criterio de las empresas el hacerlo o no.
El Laboratorio Tecnológico del Uruguay (LATU) explica al consumidor que el mismo, es una empresa privada cuyos clientes son las empresas que ofrecen el producto y que las mismas están libres de brindar o no la información, quedando a exclusivo criterio de las embotelladoras.
Debido a la desconfianza en cuanto a la calidad del agua potable que se suministra en los hogares, en muchos casos se ha recurrido al consumo de agua envasada. Debido a la falta de garantías en la potabilización y a la inseguridad de sus componentes, debemos clarificar esta situación y obtener así respuestas de los organismos competentes. Es así que en el contexto nacional, solicitamos y
Necesitamos saber:
  1. Cuáles son los organismos competentes en fiscalizar la calidad del Agua que llega nuestro Hogar.
  2. Difieren los controles de las aguas potabilizadas por O.S.E. de las que nos llegan envasadas, llamadas “Aguas de Mesa”
  3. En qué base legal se apoyan los organismos que controlan la calidad y distribución del agua para dejar libre el etiquetado del contenido de las mismas.
  4. Esta el LATU y los otros Laboratorios privados, supeditados al organismo público competente llámese M.S.P. , O.S.E., Intendencias , etc.
  5. Le llega periódicamente a dichos organismos y mismo al M.S.P. como organismos de fiscalización el tema aguas dicha información.
  6. Por qué? el AGUA surgente es privatizada y embotellada siendo que el articulo 47 de la constitución dice que el Agua es un bien Público y Estatal.
En qué base legal está apoyada esta práctica.
  1. SI existe un informe de O.S.E. sobre mapeo de calidad de aguas a nivel nacional, que base legal posee O.S.E. para no hacerlo público.


En lo Departamental,


Solicitamos que los monitoreos de OSE en cuanto a la potabilización sean públicos, de todo el Departamento.
Así como los volúmenes de agregados para la potabilización de dicho recurso, de no ser así explicarnos los porque no lo hacen….
Tomando en cuenta que el agua constituye una base fundamental para un pleno estado de salud del ser humano y viendo que el aumento de las diferentes patologías no conocidas en nuestro medio son reales..


Firman dicha solicitud.


Ediles de la 71: Emilio Rotondaro Nelba Inceta

Partido Independiente pide que Uruguay active "clausula democrática" contra gobierno de Venezuela

El pasado 6 de diciembre de 2015 la ciudadanía venezolana expresó, sin lugar a dudas, su apoyo al Movimiento de la Unidad Democrática en la elección de diputados a la Asamblea Nacional. Con un 56.22% (112 escaños) a favor de la MUD contra el 40.91% (55 escaños), la ciudadanía le concedió a la oposición la mayoría calificada, lo que le asegura los 2/3 de los votos en cualquier votación.
Este insoslayable apoyo popular es, también, una señal muy clara que emite el pueblo venezolano a la comunidad internacional. No se puede atribuir la actual mayoría en el Parlamento venezolano a los medios de prensa ni a una conspiración promovida por el imperialismo. Si en las condiciones adversas que se encuentra la ciudadanía de nuestra hermana Venezuela el resultado electoral ha sido tan claro, no nos cabe dudas que se debe a un rotundo rechazo a la política del gobierno que preside Nicolás Maduro, que debería sentirse aludido por dicha decisión.
Pero no sólo el presidente Maduro ha ignorado la voluntad popular que lo obligaría, en una democracia, a entablar un diálogo franco y respetuoso con el Poder Legislativo sino que ha ignorado las decisiones parlamentarias, como la ley de Amnistía y Reconciliación Nacional votada el pasado 29 de marzo, a la que se ha opuesto, derivando hacia el Tribunal Supremo de Justicia la interpretación legal de dicha decisión.
Ante el inminente cambio de autoridades en el Poder Legislativo, el gobierno de Maduro envió a la Asamblea Nacional, una serie de nombramientos para la integración en distintas instancias del Poder Judicial, de modo que no hubiese relevos que escapasen a su control durante los próximos años. La Constitución de 1999 fijaba como procedimiento para llenar las vacantes en el Supremo Tribunal de Justicia que los nombramientos fuesen propuestos por el Ejecutivo y refrendados por el Legislativo. Los doce jueces nombrados por Maduro fueron autorizados por el Parlamento en medio de las fiestas del pasado Fin de Año, cuando ya se conocía el resultado electoral, a pocos días que se produjese la asunción de la nueva mayoría parlamentaria. Son connotados militantes chavistas, de probada fidelidad al régimen, aunque sin idoneidad, haciendo del Poder Judicial un mero acompañante de las decisiones del gobierno.
El Partido Independiente sostiene que Venezuela viola el Protocolo de Ushuaia, que obliga a los Estados miembros del Mercosur a respetar y promover la vigencia de la democracia. El Protocolo de Montevideo, suscrito también por Venezuela expresa claramente que "la promoción, la defensa y protección del orden democrático, del estado de derecho y sus instituciones, de los derechos humanos y las libertades fundamentales” son condición indispensable para pertenecer al acuerdo regional. La Comisión Interamericanas de Derechos Humanos insiste en que “uno de los objetivos  principales que tiene la separación de los poderes públicos, es la garantía de  la independencia de los jueces”, condición que no se observa en Venezuela.
En estos días, el Secretario General de la OEA, nuestro compatriota Luis Almagro, estudia la posibilidad de invocar la Carta Democrática para forzar a que los Estados miembros estudien la situación en Venezuela.
Ante estos antecedentes, la bancada del Partido Independiente exhorta a nuestro gobierno que asuma una posición enérgica en defensa de la vigencia de los derechos humanos y la democracia en Venezuela, reclamando la activación de la cláusula democrática en MERCOSUR y UNASUR para suspender al gobierno venezolano en su participación de estos ámbitos internacionales en caso de no cesar en sus acciones de hostigamiento y persecución a los ciudadanos y a los legisladores legítimamente electos por la voluntad popular.


Pablo Mieres, Senador  
                                Iván Posada, Diputado
Daniel Radío, Diputado                                 Heriberto Sosa, Diputado