Algo que se venía pergeñando a
la sordina, en la semi penumbra, desde hace ya bastante tiempo, ha
aflorado en las últimas horas, y ha comenzado sus primeros
tenebrosos pasos de ejecución.
Ya
desde hace un tiempo, y por diversos medios, advertimos lo que estaba
ocurriendo y el riesgo que se corría.
Lamentablemente,
la inmensa mayoría de los actores políticos y sociales,-unos por
ignorancia o comodidad y otros muchos por conveniencia-, guardaron
silencio.
El
Artículo 82 de la Constitución de la República establece que la
Nación adopta para su gobierno la forma democrática republicana,
agregando que la soberanía será ejercida por el Cuerpo Electoral en
los casos de elección, iniciativa y referéndum, “…e
indirectamente por los Poderes representativos que establece esta
Constitución, todo conforme a las reglas expresadas en la misma.”
Quiere
decir pues que, una de las formas (por supuesto la más habitual en
la vida cotidiana) en que se lleva a cabo el ejercicio del gobierno
democrático republicano adoptado por la Nación, es a través de los
“Poderes representativos que establece esta Constitución.”
Una rama de esos Poderes, mejor
dicho, 16 integrantes de esa rama,-que es el Senado de la República
que integra parte del Poder Legislativo, ha resuelto en las últimas
horas aprobar por mayoría la derogación del Artículo 162 del
Código Penal. El mismo establece que “El funcionario público que
con abuso de su cargo, cometiere u ordenare cualquier acto
arbitrario, en perjuicio de la administración o de los
particulares, que no se hallare especialmente previsto en las
disposiciones del código, será castigado con prisión de tres a
veinticuatro meses e inhabilitación especial de dos a seis años.”
Tal
artículo está incluido en el Capítulo II del Título IV, que
legisla respecto de los delitos de abuso de autoridad y violación de
los deberes inherentes a la función pública.
Es
decir que si existe un acto arbitrario que no constituye fraude,
conjunción del interés personal o del público, ni peculado, ni
concusión, ni cohecho simple o calificado, ni soborno, igualmente se
aplicará la sanción punitiva, por considerarse delito, ya que con
un abuso de su cargo, se causó un perjuicio a la administración o a
los particulares.
Por
supuesto se trata de una herramienta de fundamental relevancia contra
la corrupción, que es la enfermedad que se introduce en los
Partidos, en los Gobiernos y en la Administración, y que destruye la
organización o forma democrática republicana de gobierno.
Al
respecto parecen existir más que claros ejemplos en el mundo, y
especialmente en la región: Brasil, Argentina, Venezuela y tantos
otros casos conocidos.
En
el Uruguay el tema está instalado desde siempre y con un claro
empuje en los últimos años: basta mencionar lo de PLUNA, los
remates de aviones, el crédito del BROU a persona con nombre falso,
sin aval y contrariando las disposiciones pertinentes, lo de ANCAP
con cientos de millones de dólares dilapidados (como quien
desparrama maníes), lo de la Planta regasificadora, lo de
contratación de publicidad con emisoras que no existen, lo de
Tarjetas corporativas de un Ente utilizadas “a la marchanta”, los
temas de Aratirí, los créditos del FONDES, y podríamos continuar
la lista. Hay personas procesadas y otras que están investigadas por
la Justicia, hay nombres concretos y sumamente reconocidos en lo que
son sus actuaciones por toda la ciudadanía.
¿Y
que se les ocurre a 16 integrantes del Senado? comandados por el
Senador Rafael Michelini y todos ellos integrantes del Frente Amplio
que constituyen la mayoría y que tienen en sus manos la
administración del país: DEROGAR LA DISPOSICIÓN que determinará,
de transformarse en Ley, que queden sin enjuiciamiento no sólo
quienes ya están encausados y próximos a recibir pena o
sobreseimiento, sino que también quedarán “blindados” aquellos
que están investigados (que son muchos), prácticamente todos
pertenecientes a ese Partido (con alguna excepción menor), sino
también aquellos que han cometido o están cometiendo en este mismo
momento, graves irregularidades que encuadran en esa figura delictiva
y todavía no están ni siquiera investigados, pero que seguramente
habrán de estarlo, y eventualmente serán enjuiciados.
Más
allá de tecnicismos jurídicos,-sin perjuicio de señalarse que la
Suprema Corte de Justicia en sus últimos dictámenes estableció
frente a planteamientos concretos, que tal norma se ajusta a la
Constitución de la República-,seguramente no puede existir un peor
momento desde el punto de vista de la conveniencia, para intentar
semejante dislate. En un momento en que existe un descreimiento
mayúsculo respecto al sistema político, 16 integrantes (no digo el
Senado para no ofender la Institución), de esa rama parlamentaria,
aprovechando su circunstancial mayoría y para defender la “chacra”
partidaria y a sus amigos políticos, resuelven eliminar la peligrosa
herramienta contra la corrupción. Ni siquiera se les ha importado
que el descreimiento de la ciudadanía respecto del sistema político,
que ya está en sus límites más bajos, llegue prácticamente al
cero. Lo que importa es salvar a los “compañeros”, y en lo
posible, mantener el poder, seguramente utilizando los mismos
recursos que se han logrado acumular a través de la conducta ilícita
tipificada en el Artículo 162 del Código Penal.
Es
un verdadero acto de ataque al sistema democrático republicano de
gobierno. El Señor Presidente de la República está sumamente
preocupado por la enfermedad del cáncer provocado por el tabaco, que
afecta seriamente la salud y a la sociedad toda. Pero creemos que los
16 Senadores de su Partido que acaban de aprobar este atropello,
terminan de introducir en el contexto social, una enfermedad que es
de consecuencias seguramente más graves que el flagelo que el
Mandatario combate con tanto énfasis (lo cual compartimos).
Es
por eso que decimos en la titulación de estas reflexiones, que
sentimos vergüenza. Vergüenza republicana. Vergüenza democrática.
Vergüenza oriental y uruguaya.
Pero
todo no está perdido. Todavía y felizmente está vigente el sistema
de gobierno que tantos sinsabores y sacrificios llevó construir a
tantas generaciones. Y en él confiamos. Tenemos la gran esperanza
que la Cámara de Representantes,-que la integran 99 Diputados de 5
Partidos Políticos, donde en todos ellos hay personas de gran
capacidad, de mucha inteligencia, de mucho criterio, y por sobre
todas las cosas de mucha honestidad-, dará lucha e interrumpirá
este proceso cuasi escandaloso. Y en el propio Frente Amplio sabemos
que hay gente con independencia intelectual y coraje cívico, que
serán capaces de enfrentarse a esta oleada que intenta “barrer
para debajo de la alfombra”, la suciedad y la resaca cívica.
Pero también si este sistema de
control fallara, tenemos la esperanza de que el Señor Presidente de
la República Dr. Tabaré Vázquez (esperemos que no se vaya a dar la
circunstancia de que en alguna licencia del mismo no quede en
ejercicio de la Presidencia el actual Vicepresidente, o ante alguna
imposibilidad de éste, la Señora Senadora Topolansky, y que ahí
llegue el proyecto para ser promulgado, porque sería el acabose),
haciendo uso de la facultad que le otorgan los Artículos 137 y
siguientes de la Constitución, interponga EL VETO que impida
la vigencia de la Ley. Ha demostrado en alguna otra oportunidad, en
su anterior Gobierno, que tiene o tenía, veremos, la necesaria
entereza e independencia intelectual y personal como para hacerlo.
Dijo hace pocas horas que él no se oponía a ninguna investigación,
sin embargo no tuvo la fortaleza para hacer entender dentro del
partido de gobierno, que así procedieran, y como consecuencia la
mayoría parlamentaria del mismo se opuso a toda investigación hasta
que los mismos desatinos e irregularidades en esa administración
provocaron el quiebre de esa mayoría.
Pero si este contralor también
fallara, nos queda el último reducto que sabiamente establece la
propia Constitución de la República, cuando han fallado los poderes
representativos, el ejercicio de la soberanía vuelve al titular de
la misma, es decir A LA CIUDADANIA, y en ese caso como dijo
sabiamente Artigas en la Oración de Abril en el Congreso de Tres
Cruces: “Mi autoridad emana de vosotros y cesa ante vuestra
presencia soberana”. En este caso los poderes representativos
habrían fallado todos, y entonces aparece “la presencia soberana”
según expresa el Artículo 82 de la Constitución “…su soberanía
será ejercida directamente por el Cuerpo Electoral en los casos de
elección, iniciativa y referéndum…”; y al respecto el Artículo
79 inciso 2 de la Constitución establece que “el veinticinco
por ciento del total de inscriptos habilitados para votar, podrá
interponer, dentro del año de su promulgación, el recurso de
referéndum contra las leyes y ejercer el derecho de iniciativa
ante el Poder Legislativo.” Es decir pues que si fuera promulgada
la Ley y entrara en vigencia, de inmediato corresponderá proceder a
la recolección de firmas para que el 25% de los habilitados puedan
interponer el RECURSO DE REFERENDUM para derogar la misma, y
será la ciudadanía la que en voto secreto y con total libertad, se
pronunciará si está a favor de que se mantenga este blindaje a la
corrupción, o su voluntad es que desaparezca este “esperpento” y
sigan siendo enjuiciados los corruptos con las herramientas que la
Constitución, la Ley, y el sistema democrático republicano de
gobierno establecen.
Conociendo
al pueblo oriental y ejemplo de ello ha dado suficientes (pregúntenle
a los dictadorzuelos o aprendices de tales, de 1980 que fue lo que
les pasó), nos parece que ya conocemos el resultado.
A
esperar pues, con la esperanza de las etapas que quedan del sistema
representativo, en él confiamos, pero si falla, está el último y
creemos que inexpugnable reducto, EL PUEBLO EN LAS URNAS.
Cuando se está por dictar sentencia sobre los procesados Lorenzo y Caloia y cuando la tormenta arrecia contra otros integrantes del Frente Amplio marxi socialista, sale todo el espectro de la izquierda oficialista con la intensión de derogar el art. 162 del Código Penal.
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