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domingo, 17 de julio de 2016

CAJA DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS. DOCUMENTOS


LEY 17738. ES LA LEY QUE AMPARA A LAS JUBILACIONES UNIVERSITARIAS.
DOCUMENTOS DE LA ASAMBLEA
DEL 7 DE JULIO DE 2016 EN LA SMVU
PROPUESTA AL ORDEN DE EGRESADOS UNIVERSITARIOS, ACTIVOS, PASIVOS Y PENSIONISTAS.
MOCIÓN PRESENTADA EN LA ASOCIACIÓN DE JUBILADOS DE LA CJPPU, Y EL OCTAVO PUNTO DONDE SE AGREGAN DOS PARRAFOS NUEVOS, APROBADOS LOS DOS ACTOS POR APLASTANTE MAYORÍA.
9 de marzo de 2016 hora: 15:30
ASAMBLEA GENERAL DE LA ASOCIACIÓN DE AFILIADOSA A LA CJPPU
REGIONAL MALDONADO-ROCHA DE LA ASOCIACION DE AFILIADOS A LA CJPPU
MOCIÓN RESOLUTIVA:
1) No afectar los DERECHOS ADQUIRIDOS de los jubilados y pensionistas, indicando claramente al Directorio de la CJPPU el carácter DE INTANGIBLE DE LOS ARTÍCULOS 106 Y 107.
2) Considerando el GRAVE DÉFICIT DE GESTIÓN DEL DIRECTORIO DE LA CJPPU, que HA GENERADO LA PÉRDIDA DE MILLONES DE DÓLARES, realizar en forma inmediata:
a) ACCIONES CONCRETAS ADMINISTRATIVAS, ECONÓMICAS, FINANCIERAS Y EVENTUALMENTE LEGALES PARA EVALUAR LA SITUACIÓN DE EVASIÓN Y MOROSIDAD EN LA CJPPU PASADA Y PRESENTE.
b) ARBITRAR EN FORMA URGENTE MEDIDAS COMPLEMENTARIAS:
- REGULARIZAR E INFORMATIZAR 6.500 JUICIOS, amnistía, cambios en escalas.
- plantear LA VIABILIDAD DE LA INTEGRACIÓN DE LAS NUEVAS PROFESIONES A LA CAJA, en el marco del compromiso y la responsabilidad asumida desde hace años.
3) Cumplidos los apartados a) y b), generar nueva información, para realizar una PROYECCIÓN ECONÓMICA-FINANCIERA de la CJJPU que seguramente brindara datos muy diferentes a los que maneja el DIRECTORIO respecto a la SOSTENIBILIDAD FINANCIERA DE LA CAJA A MEDIANO Y LARGO PLAZO.
4) Realizar Consulta Jurídica respecto a la OBLIGATORIEDAD LEGAL que tendría la CJPPU de realizar estimaciones actuariales, ya que ningún otro Organismo de Seguridad Social del Uruguay los ejecuta (BPS, CAJA BANCARIA, CAJA NOTARIAL, CAJA MILITAR, CAJA POLICIAL)
5) Solicitar LA INCONSTITUCIONALIDAD DEL ART. 9 DE NUESTRA LEY, que colide claramente con el Art. 67 de la Constitución.
6) TRANSMITIR NUESTRO DESAGRADO AL DIRECTORIO:
por NO CUMPLIR con lo que establece la Ley 17060, “JUNTA DE TRANSPARENCIA Y ÉTICA PÚBLICA” y el art. 72 de la CONSTITUCION, independientemente de lo establecido en Leyes 18331 y 18381.
EN LA REDACCIÓN DE LAS ACTAS DE DIRECTORIO NO SE CUMPLE CON LAS GARANTÍAS DE CRISTALINIDAD Y TRANSPARENCIA QUE DEBERÍAN TENER.
7) EXIGIR DE INMEDIATO volver al cronograma de pago tradicional e
informar fecha de cobro de salario del Directorio y funcionarios de la CJPPU.
8) se agregan esto dos puntos en la asamblea del 16 de junio de 2016 en la AJDCJPPU.
1) NO NEGOCIAR Y REIVINDICAR LA INTANGIBILIDAD DE LAS PRESTACIONES
2) DIALOGAR Y ENCONTRAR VÍAS PARA QUE EL DIRECTORIO TOME MEDIDAS RESPECTO A EL CONTRALOR, MOROSIDAD.




1 comentario:

  1. LOS 7 DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA CJPPU, SE AUMENTÓ EL SUELDO RETROACTIVO AL 1ERO DE ENERO EN UN 4,44% MÁS, Y A LOS FUNCIONARIOS, CLARO, PERO A SUS PROPIOS DUEÑOS, LES VOTARON UNA SERIE DE QUITAS.- FALTA DE CRISTALINDIAD, DE TRASNPARENCIA, OCULTAMIENTO Y SECRETIMSO, IMEPRA NE LA CJPPU.- ÉL ÓRDEN SE ORGANIZA.

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