NUEVA REGLAMENTACIÓN
Los beneficiarios se dividen en dos grupos: los que se afiliaron sin obligación y los que tienen la posibilidad de “revocar” la ley, indicó Ernesto Murro, presidente del BPS
+ Federico Cardozo @fedecardozo1980 -
Después de 18 años en que estuvo vigente el
sistema, unas 263.000 personas podrán desafiliarse de las AFAP
(Administradoras de Fondos de Ahorro Provisional) a partir de la
habilitación de una nueva ley (19.162) que regirá a partir del 1º de
febrero del presente año, El nuevo sistema de transición es para
aquellas personas incluídas en el régimen mixto (solidaridad BPS más
Ahorro individual AFAP) que tenían 40 años o más años de edad al
1/4/1996 (hoy mayores de 57 años).
La nueva reglamentación abarca particularmente a
dos grupos de personas. Por un lado, unas 13.000 personas que se
afiliaron a partir de 1996 sin estar obligadas a hacerlo, pueden
solicitar el asesoramiento y la información “para luego decidir ellas si
se desafilian o no del sistema de AFAP”, aseguró Ernesto Murro,
presidente del BPS (Banco de Previsión Social), en conferencia de
prensa.
Por otra parte, Murro indicó que existe un segundo
grupo de 250.000 personas afiliadas a las AFAP que podrán ampararse en
la opción de “revocación” del artículo 8 de la mencionada ley e incluye a
aquellas personas que hayan cumplido los 40 y hasta los 50 años de edad
(art.2 Ley 19.162).
En ese sentido, Murro explicó que en caso de que
una persona afiliada a una AFAP “gane $20.000 y aporta por $10.000 al
BPS y los restantes $10.000 a una AFAP; el BPS, en lugar de tomarle los
$10.000, le toma $15.000”. Osea que la jubilación se calcula en $15.000 y
no sobre $ 10.000. A su vez, la AFAP le calcula su parte de jubilación
“según lo que haya rendido sus aportes al sistema”, aseveró el titular
del BPS.
En ese marco, aquellas personas que estén
comprendidas en ese conjunto de reglas podrán realizar las consultas
pertinentes visitando la página web:
https://www.revocacionopcionesafap.bps.gub.uy. Allí, los interesados
deberán ingresar el número de cédula de identidad y su fecha de
nacimiento y el sistema le informará si está incluida en el grupo que
puede optar por la desafiliación.
La segunda opción que plantea el BPS es llamar al
teléfono 08003277 desde el próximo lunes 3 de febrero a las 8:00 horas. A
partir de ese mismo día, y como tercera alternativa, el BPS abrirá una
oficina en Montevideo (Mercedes 1880), donde las personas podrán de
forma presencial asistir personalmente para ser puestos en agenda y ser
atendidos posteriormente. Asimismo, los particulares que quieran hacer
uso de dicha opción deberán firmar un consentimiento, algo que no
sucedía previo a la aprobación de la ley.
Para aquellas personas que soliciten asesoramiento,
el ente va a “empezar a atender personalmente en 56 oficinas de todo el
país el próximo miércoles 5 de marzo”, señaló Murro. En tanto, explicó
que el plazo de un mes se debe a que el BPS recabará la información de
la persona en cuestión y además “debe solicitarle toda la información a
las AFAP” y que éstas tienen entre “5 y 15 días hábiles para
contestarnos esa información”, afirmó Murro.
El BPS podrá actuar de oficio
Las personas que estén obligadas a afiliarse a una
AFAP y no lo hagan por decisión propia, el BPS los afilia de oficio.
Previo a la ley, las mismas se distribuían por las distintas AFAPs según
la cantidad de afiliados que tenían. Ahora, el ente público que reúne a
jubilados y pensionistas, le asignará la AFAP “que menos comisión cobre
por administrarle su dinero”, concluyó Murro.
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